Adjudicación Directa Pública N°002-2003
 
 

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003 -MINCETUR/CEP

SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA ELABORACIÓN DEL
PLAN DE REASENTAMIENTO DE FAMILIAS CAMPESINAS
DE Q'ENTE Y DE MACHU PICCHU PUEBLO


PRIMERA CONVOCATORIA

B A S E S

COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE

OCTUBRE – 2003


MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP

INDICE DE LAS B A S E S


TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE
1.2 OBJETO
1.3 PLAZO DE EJECUCION
1.4 VALOR REFERENCIAL
1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO
1.6 SISTEMA

TITULO II: BASE LEGAL

TITULO III: CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 

3.1 CONVOCATORIA
3.2 VENTA DE BASES
3.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIÓN A LAS BASES
3.4 ABSOLUCIÓN Y ACLARACIÓN DE CONSULTAS, ACOGIMIENTO
DE LAS OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE LAS BASES
3.5 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
3.6 EVALUACION DE PROPUESTAS
3.7 ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO

TITULO IV: REQUISITOS PARA SER POSTOR

TITULO V: CONDICIONES DE CARÁCTER ECONOMICO 

5.1 VALIDEZ DE LA OFERTA
5.2 COMPOSICIÓN DEL MONTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

TITULO VI: PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

6.1 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS
6.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TECNICA (SOBRE Nº 1)
6.3 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONOMICA (SOBRE Nº 2)

TITULO VII: DE LA APERTURA Y EVALUACION DE PROPUESTAS

7.1 APERTURA DE LOS SOBRES Nº 1: PROPUESTA TÉCNICA
7.2 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS
7.3 EVALUACION DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

TITULO VIII: OTORGAMIENTO Y NOTIFICACION DE LA BUENA PRO

TITULO IX: DEL CONTRATO

9.1 CONDICIONES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
9.2 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO

TITULO X: DE LA CONFORMIDAD, FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO DEL SERVICIO

10.1 CONFORMIDAD DEL SERVICIO
10.2 FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO
10.3 ADELANTOS

TITULO XI: DISPOSICIONES FINALES

ANEXOS

  • ANEXO A DECLARACION JURADA DE IDENTIFICACIÓN DEL POSTOR
  • ANEXO B DECLARACION JURADA - ART. 56º DEL REGLAMENTO
  • ANEXO C TÉRMINOS DE REFERENCIA
  • ANEXO D CRITERIOS DE EVALUACION
  • ANEXO E PROPUESTA ECONOMICA
  • ANEXO F RELACION DE PRINCIPALES CLIENTES
  • ANEXO G CONSTANCIA DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO
  • ANEXO H RELACION DE PRINCIPALES SERVICIOS DE CONSULTORIA EN LA ESPECIALIDAD CONVOCADA
  • ANEXO I CONSTANCIA DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO DE CONSULTORIA EN LA ESPECIALIDAD CONVOCADA
  • ANEXO J PACTO DE INTEGRIDAD
  • ANEXO K CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP

B A S E S

TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE:
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Domicilio: Calle Uno Oeste N° 050, Urbanización Corpac, Distrito de San Isidro, Lima.

1.2 OBJETO:
Seleccionar a la empresa consultora que se encargará de elaborar el PLAN DE REASENTAMIENTO DE FAMILIAS CAMPESINAS DE Q'ENTE Y DE MACHU PICCHU PUEBLO, en la provincia de Urubamba, departamento de Cusco.

1.3 PLAZO DE EJECUCION
El plazo de ejecución del servicio de Consultoría convocado, se ha estimado en 90 días calendario, contados desde la suscripción del Contrato.

1.4 VALOR REFERENCIAL:
La suma de S/. 148,000.00 (Ciento Cuarenta y Ocho Mil y 00/100 Nuevos Soles), suma que incluye todos los tributos, seguros, transporte, viáticos, inspecciones, pago de derechos por servicios administrativos y en general, cualquier otro concepto que pueda incidir en el costo del servicio de consultoría convocado. El valor referencial ha sido calculado al mes de agosto de 2003.

1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Directamente Recaudados.

1.6 SISTEMA:
Se regirá por el sistema de suma alzada.

TITULO II: BASE LEGAL

2.1 Ley Nº 27209: Ley de Gestión Presupuestaria del Estado.
2.2 Ley Nº 27879: Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2003.
2.3 TUO de la Ley Nº 26850: Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001- PCM, en adelante la LEY.
2.4 Reglamento del TUO de la LEY Nº 26850: Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 013-2001-PCM, en adelante el REGLAMENTO.
2.5 Resolución Ministerial Nº 004-2003-MINCETUR/DM, de delegación de funciones.
2.6 Resolución Secretarial Nº 004-2003-MINCETUR/SG que designa a los miembros del Comité Especial Permanente, en armonía con el art. 23º de la LEY, y art. 34º y siguientes del REGLAMENTO.
2.7 Resolución Secretarial que aprueba las Bases de la Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003-MINCETUR/CEP en armonía con el art. 82º del REGLAMENTO.
2.8 Resolución de Contraloría Nº 072- 98-CG, que aprueba las Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público y su modificatoria aprobada por Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG.
2.9 Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.
2.10 R. N° 114-2001-CONSUCODE/PRE.- Aprueba Directiva N° 013-2001-CONSUCODE/PRE.
2.11 R. Nº 063-2003-CONSUCODE/PRE.- Aprueba Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE
2.12 Decreto Supremo N° 009-2003-TR.- Aprueba el Reglamento de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa
.

TITULO III: CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN:

3.1 Convocatoria:

Se realizará mediante avisos publicados en el Diario Oficial "El Peruano", en un diario de circulación nacional y en la pagina Web del MINCETUR: www.mincetur.gob.pe.

Fecha de Publicación:
Diario "El Peruano" : El 11 de octubre de 2003
Diario de Circulación Nacional : El 11 de octubre de 2003

3.2 Venta de Bases : Del 13 al 22 de octubre de 2003

A. Precio de Venta : S/.10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles)
B. Forma de Pago : Al contado en efectivo.
C. Lugar de venta : Sub Dirección de Tesorería (Pagaduría), Calle Uno Oeste Nº 050, Primer Piso, Urb. Córpac, San Isidro.
D. Horario de atención : De 08:30 a 16.15 horas. De Lunes a Viernes

3.3 Formulación de consultas y Observación a las Bases :

Del 13 al 15 de octubre de 2003.

Las Consultas respecto al contenido de las Bases (Art. 27º de la LEY y 51º del REGLAMENTO), se efectuarán por escrito dentro del plazo señalado (ART. 87° del REGLAMENTO), estarán dirigidas al Presidente del Comité Especial Permanente, se recibirán en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 050 Piso 10º, Urb. Córpac, San Isidro, en el horario de 08:30 a 16.15 horas, de Lunes a Viernes.

Las observaciones deben estar referidas al incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Art. 25º de la LEY o de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado, y deberán ser formuladas por escrito, ante el Comité Especial Permanente, dentro del plazo señalado (Art. 88º del REGLAMENTO), y presentadas en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 050 Piso 10º, Urb. Córpac, San Isidro, en el horario de 08:30 a 16.15 horas (Art. 28º de la LEY, Art. 52º del REGLAMENTO).

3.4 Absolución y aclaración de Consultas, Acogimiento de las observaciones e Integración de las Bases :

Del 16 al 20 de octubre de 2003

La absolución de las consultas será efectuada por escrito y notificada a los adquirientes de las Bases (Artículos 52° y 87° del REGLAMENTO), sin perjuicio de lo cual, éstos podrán recogerlas en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 050, Piso 10°, Urb. Corpac, San Isidro, en el horario de 08:30 a 16:15 horas, de lunes a viernes. Aquellos adquirientes de bases que no hayan realizado consulta alguna se someten tácitamente a las disposiciones contenidas en las Bases integradas.

El Comité Especial Permanente evaluará las observaciones presentadas en el plazo señalado. Si acoge las mismas, notificará su decisión a todos los adquirientes de las Bases. En caso que no acoja las observaciones formuladas, deberá remitirlas al CONSUCODE, para cuyo efecto el Presidente del Comité Especial Permanente oficiará al adquiriente observante, a fin que éste cumpla con cancelar la tasa que prevé el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del CONSUCODE, para elevar lo actuado a dicho Consejo, en un plazo no mayor a 48 horas, computado desde la recepción del oficio. En el caso que el adquiriente observante no cumpla con cancelar el monto de la tasa dentro de dicho plazo, se tendrá por no presentada la observación (R. N° 114-2001-CONSUCODE/PRE.- Aprueba Directiva No. 013-2001-CONSUCODE/PRE).

El postor, haya o no efectuado consultas u observaciones, queda sometido a la Absolución de Consultas, al acogimiento de las observaciones a las Bases o al pronunciamiento del CONSUCODE, respecto de las observaciones no acogidas por el Comité Especial Permanente. Una vez acogidas o resueltas, en su caso, todas las observaciones, o si éstas no se han presentado dentro del plazo indicado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ningún otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna. Integradas las Bases, el Comité Especial Permanente es el único autorizado para interpretarlas.

3.5 Presentación de Propuestas.

Se realizará el día 27 de octubre de 2003 hasta las 16:15 horas (hora exacta), en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, ubicado en el 10º piso, sito en la calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac, San Isidro.

3.6 Evaluación de Propuestas : Del 28 al 31de octubre de 2003

3.7 Adjudicación de la Buena Pro. : El 31de octubre de 2003, hasta las 16:15 horas

Si cualquiera de los días señalados en los numerales 3.5 o 3.7 fuera declarado feriado no laborable, el Acto se entenderá postergado para el primer día hábil siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar.

TITULO IV: REQUISITOS PARA SER POSTOR:

4.1 El postor deberá ser una persona jurídica legalmente constituida e inscrita en Registros Públicos, que tenga por objeto el servicio de consultoría, y que cuente con experiencia comprobada en la materia.

4.2 Su participación implica pleno sometimiento y cumplimiento a lo establecido en las presentes Bases, absolución de Consultas y acogimiento de observaciones, la Integración de las Bases, y a las disposiciones contenidas en la LEY, su REGLAMENTO, y sus modificatorias; y de la interpretación que de las Bases Integradas efectúe el Comité Especial Permanente en armonía con el Art. 53º del REGLAMENTO.

La participación de Consorcios deberá sujetarse a lo señalado en el Art. 37º de la LEY, así como a lo dispuesto en el Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 063-2003-CONSUCODE/PRE, y en el D. S. N° 009-2003-TR, Reglamento de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, de ser el caso.

4.3 No estar comprendido en ninguna de las prohibiciones previstas en el Art. 9º de la LEY.

4.4 Haber adquirido las Bases de la presente Adjudicación Directa Pública. En caso de Consorcios, será de aplicación lo dispuesto en el Art. 47º del REGLAMENTO.

4.5 El postor participará en la Adjudicación Directa Pública por sí mismo o a través de su Representante legal o mandatario, debidamente facultado con los poderes otorgados de acuerdo a las normas vigentes, acreditándose ante el Comité Especial Permanente mediante carta poder simple.

TITULO V: CONDICIONES DE CARÁCTER ECONOMICO

5.1 Validez de la Oferta:
El postor deberá mantener su oferta durante todo el proceso de selección, que culmina con la suscripción del Contrato respectivo (Art. 17° del REGLAMENTO) en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.2 Composición del monto de la propuesta económica:
Las propuestas económicas deberán incluir todos los costos para la prestación del servicio, incluyendo los tributos, transportes, seguros, inspecciones, pagos de derechos por servicios administrativos y cualquier otro concepto que pudiera tener incidencia sobre el costo del servicio.

TITULO VI: PRESENTACION DE PROPUESTAS

6.1 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS:

6.1.1 La información presentada así como la foliación de las páginas no podrá tener borraduras, enmendaduras, tachaduras o corrección alguna.

6.1.2 Las Propuestas Técnicas y Económicas se presentarán en forma legible, mecanografiadas o impresas por computadora y en idioma español, en dos sobres cerrados. La información que proporcione el postor en sus propuestas tiene el carácter de declaración jurada y por tanto deberá ajustarse a la verdad, reservándose el MINCETUR el derecho de revisar y verificar dicha documentación.

6.1.3 La Propuesta Económica debe estar expresada en nuevos soles, y deberá contener obligatoriamente la información mínima solicitada en el Anexo E, definidas en los numerales 5.1 y 5.2 de las presentes Bases. Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial Permanente, teniéndolas por no presentadas. Lo mismo ocurrirá con las propuestas que sean inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial.

6.1.4 Todas las páginas que contengan información, texto o gráfico de cualquier tipo, deberán encontrarse debidamente numeradas, selladas y rubricadas por el representante legal o mandatario del postor. La última hoja será firmada por el representante legal o mandatario (Art. 55° del REGLAMENTO). En caso que una página contenga información, texto o gráfico en ambas caras, siempre llevará una sola numeración en el anverso.

6.1.5 Todos los documentos solicitados en los numerales 6.2 y 6.3 de las presentes Bases deberán cumplir obligatoriamente con las características y requisitos formales requeridos para ser objeto de la evaluación correspondiente. Las propuestas que no estén formuladas de acuerdo a las presentes Bases y formalidades exigidas por LEY se tendrán por no presentadas.

Los Sobres Nº 1: "Propuesta Técnica" y Nº 2: "Propuesta Económica", deberán entregarse perfectamente cerrados. Ambos sobres deberán tener la siguiente inscripción:

"ELABORACIÓN DEL PLAN DE REASENTAMIENTO DE FAMILIAS CAMPESINAS DE Q'ENTE Y DE MACHU PICCHU PUEBLO"
ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP
PRIMERA CONVOCATORIA

Nombre y dirección del postor
SOBRE Nº …..

Serán rechazadas las Propuestas que no sean presentadas en la forma señalada.

6.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TECNICA (SOBRE Nº 1) (Art. 62º del Reg.):

La Propuesta Técnica será presentada en dos ejemplares: un original y una copia, y deberá contener lo siguiente:

a) Indice de los documentos que contiene el Sobre. Dicho índice deberá indicar en forma clara y precisa el número de página donde se ubica cada documento.
b) Declaración Jurada de Identificación del Postor, conforme al modelo Anexo A de las presentes Bases, con la firma de su Representante Legal o mandatario, que cuente con los poderes y facultades de representación suficientes. En caso de Consorcios, ésta deberá ser firmada por el representante del Consorcio para todo el proceso de selección.
c) Declaración Jurada del Postor de acuerdo a lo establecido en el Art. 56° del REGLAMENTO conforme al modelo Anexo B de las presentes Bases.
d) Copia fotostática legible de la Licencia Municipal de Funcionamiento vigente o de la respectiva declaración jurada anual de permanencia en el giro autorizado al establecimiento, vigente (Decreto Ley N° 776, modificado por Ley N° 27180).
e) Relación numerada de su cartera de principales clientes de los últimos años (2000, 2001, 2002 y 2003) (No más de cinco clientes personas jurídicas) según modelo Anexo F.
f) Relación de principales servicios de consultoría en la especialidad convocada, de los últimos años (2000, 2001, 2002 y 2003) (Otorgadas por no más de cinco entidades diferentes a las consignadas en el literal e). Se consideran servicios de la especialidad a los estudios de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos y socioeconómicos, esquemas de desarrollo de tierras, estudios agrológicos y caracterización territorial, planes de desarrollo agrosocioeconómicos y planes de desarrollo urbano, según Anexo H
g) Descripción de las actividades a realizar, según los términos de referencia contenidos en el Anexo C.
h) Información referida a los factores de evaluación, conforme a lo establecido en el numeral 1: De la propuesta técnica, del Anexo D.
i) Carta de compromiso en la que se consigne las condiciones y el plazo de entrega del informe final, materia del servicio contratado.
j) Declaración Jurada de ser Pequeña o Micro empresa de ser el caso. En el caso de Consorcios, para acceder al beneficio al que se refiere el inciso a) del articulo 73º del REGLAMENTO, todas las partes integrantes del mismo deberán tener la calidad de pequeña o micro empresa. Caso contrario, no podrá otorgarse a dicho Consorcio el referido beneficio.
k) Promesa de Consorcio, de ser el caso, precisando las obligaciones que asumirá cada una de las partes así como la designación del representante del Consorcio para todo el proceso de selección.
l) Pacto de Integridad Anexo J, debidamente firmado por el representante legal de la empresa postora.

En caso de Consorcios, los documentos exigidos en los literales d) j) y l) deberán presentarse por cada una de las empresas que los conforman.

6.3 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONOMICA (SOBRE Nº 2) (Art. 62º del REGLAMENTO):

La propuesta económica será presentada en dos ejemplares: un original y una copia, y deberá contener lo siguiente:

a) Indice de los documentos que contiene el Sobre, el cual deberá indicar en forma clara y precisa el número de página donde se ubica cada documento.

b) Documento según Anexo E, formulando la Propuesta Económica de la empresa postora, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pagos de derechos por servicios administrativos y cualquier otro concepto que pueda incidir en su costo. Se indicará la forma de pago.

Las propuestas económicas que excedan en más del diez por ciento, es decir, superen la suma de S/.162,800.00 (Ciento sesenta y dos mil ochocientos y 00/100 Nuevos Soles) o sean inferiores al setenta por ciento, es decir la suma de S/.103,600.00, del valor referencial señalado, serán devueltas por el Comité Especial Permanente, teniéndolas por no presentadas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 33° de la LEY, modificado por Ley N° 27738.

TITULO VII: DE LA APERTURA Y EVALUACION DE PROPUESTAS:

El Comité Especial Permanente, en el período establecido en el numeral 3.8 de las presentes Bases, llevará a cabo la evaluación de las propuestas contenidas en los Sobres N° 1 "Propuesta Técnica" y N° 2 "Propuesta Económica", los cuales deberán encontrarse perfectamente cerrados. La apertura y calificación de propuestas se realizará en acto privado.

7.1 APERTURA DE LOS SOBRES N° 1: PROPUESTA TECNICA:

7.1.1 En el primer día señalado en el numeral 3.6, se procederá a la apertura y lectura del contenido de los Sobres "Propuesta Técnica", verificando si cumple con la presentación de todos los documentos solicitados en las Bases; si se comprueba la falta de cualquier documento exigido en las mismas, se devolverá el sobre al Postor, teniéndolo por no presentado y no se calificarán.
7.1.2 Terminado de abrir los Sobres N° 1, y encontrados conformes dos (2) o más de ellos (Art. 32° de la LEY), se procederá a la evaluación de las propuestas técnicas. El Presidente del Comité Especial Permanente conservará las Propuestas Económicas en sobre cerrado, debidamente sellado y firmado por él y los miembros del Comité Especial
.

7.2 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS:.

7.2.1 La Evaluación de las Propuestas Técnicas, será efectuada en el período señalado en el numeral 3.6, aplicando los Criterios de Evaluación establecidos en el Punto I: De la Propuesta Técnica del ANEXO D. Finalizada esta evaluación, el Comité Especial Permanente formulará un Cuadro Comparativo en orden de prelación.
7.2.2 El puntaje mínimo que deberán obtener las Propuestas Técnicas para calificar y pasar a la siguiente etapa será de ochenta (80) puntos (Art. 68° del REGLAMENTO). Se declarará desierta la convocatoria si no quedaran válidas dos o más ofertas. (Art. 32º de la LEY)
.

7.3 EVALUACION DE LA PROPUESTA ECONOMICA:

7.3.1 El Comité Especial Permanente procederá a la apertura de los Sobres N° 2 "Propuesta Económica". Si se comprueba la falta de cualquier documento exigido en el numeral 6.3 de las Bases, se tendrán por no presentados (Art. 59° REGLAMENTO). Las Propuestas Económicas que excedan en más del diez por ciento (10 %) o sean inferiores al setenta por ciento (70 %) del Valor Referencial establecido, serán devueltas por el Comité, teniéndolas por no presentadas (Art. 33º de la LEY modificado por Ley No. 27738).
7.3.2 El Comité Especial Permanente procederá a la evaluación de las Propuestas Económicas, aplicando la fórmula señalada en el Punto II del ANEXO D de las presentes Bases. Se declarará desierta la presente convocatoria si no quedaran válidas dos o más ofertas (Art. 32° de la LEY).

Finalizada la evaluación de las Propuestas Técnicas y Económicas, el Comité Especial Permanente procederá a determinar el Puntaje Total, según el método señalado en el Punto II del Anexo D (Art. 68º del REGLAMENTO)
.

TITULO VIII: OTORGAMIENTO Y NOTIFICACION DE LA BUENA PRO

Se realizará el día de octubre de 2003, en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, ubicada en el piso 10° del MINCETUR, en acto privado.

8.1 La Buena Pro se adjudicará al postor cuya propuesta haya obtenido el mayor puntaje total, como resultado de la evaluación practicada según el Anexo D. El Comité Especial Permanente notificará a todos los postores la Propuesta ganadora, indicando el orden de prelación en que han quedado calificados. Los Postores podrán solicitar por escrito copia del Acta de Otorgamiento de la Buena Pro y detalle de las calificaciones obtenidas por las Propuestas, la misma que le será entregada al día siguiente de presentada su solicitud.

8.2 De existir empate entre dos (02) o más Propuestas en el Puntaje Total, la Buena Pro se otorgará según el orden establecido en el Art. 73º del REGLAMENTO.

8.3 El otorgamiento de la Buena Pro es irrevocable para el postor que resulte favorecido, el desistimiento de las obligaciones que se deriven del otorgamiento faculta al MINCETUR a invocar y aplicar en cautela de sus intereses, las sanciones establecidas en los dispositivos legales pertinentes.

8.4 Los miembros del Comité Especial Permanente suscribirán el Acta de Adjudicación de la Buena Pro. Los resultados del proceso de selección se publicarán en el Diario Oficial El Peruano, en otro de circulación nacional y en la página WEB del MINCETUR: www.mincetur.gob.pe, dentro de los cinco (05) días siguientes de consentido el otorgamiento de la Buena Pro.

8.5 El Comité Especial Permanente notificará inmediatamente con el Acta de Otorgamiento de la Buena Pro, los resultados del proceso de selección, a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, encargada de la ejecución de las adquisiciones y contrataciones del MINCETUR.

TITULO IX: DEL CONTRATO:

9.1 CONDICIONES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO

9.1.1 Dentro de los ocho (08) días de consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el Postor ganador deberá suscribir el Contrato, el cual contendrá además de las condiciones técnico económico ofertadas por el Postor, las condiciones que se estipulan en la proforma de Contrato que obra como Anexo K de las presentes Bases y lo dispuesto en el Art. 118º del REGLAMENTO.

9.1.2 Es requisito previo e indispensable para la suscripción del Contrato, que el Postor que obtuvo la Buena Pro presente la documentación solicitada en el numeral 9.2 de las presentes Bases. En caso de Consorcio deberá presentarse, adicionalmente, el documento que acredite el perfeccionamiento de la Promesa Formal de Consorcio.

9.1.3 En el supuesto que el Postor ganador de la Buena Pro no cumpliera con suscribir el Contrato en la fecha que se le señale, se procederá de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del Art. 118º del REGLAMENTO.

9.2 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:

El postor favorecido con la Buena Pro, antes de la suscripción del Contrato, deberá remitir los siguientes documentos ( Art. 40º de la LEY y Arts. 121º y 122º del REGLAMENTO):

9.2.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:

De conformidad con la LEY y su REGLAMENTO, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato que presente el Postor ganador de la Buena Pro, debe cumplir obligatoriamente con los requisitos contenidos en los Arts. 121º y 122º del REGLAMENTO.

Debe tener vigencia por el plazo de ejecución y hasta la aprobación de la liquidación del Contrato (Art.122º del REGLAMENTO).

9.2.2 GARANTIA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA (Art. 40º de la LEY y Art. 123º del REGLAMENTO):

La Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Propuesta que presente el Postor (o postores) ganador de la Buena Pro, en caso que su Propuesta Económica fuera inferior al Valor Referencial en más del diez por ciento (10%), debe cumplir obligatoriamente con los requisitos exigidos en los Arts. 121º y 123º del REGLAMENTO.

Debe tener vigencia por el plazo de ejecución y hasta la aprobación de la liquidación del Contrato. (Art.122º del REGLAMENTO).

9.2.3 Constancia de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado, emitida por el CONSUCODE (Art. 118º del REGLAMENTO), de ser el caso.
9.2.4 Certificado de vigencia de Poderes expedido por Registros Públicos.
9.2.5 Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso.


TITULO X: DE LA CONFORMIDAD, FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO DEL SERVICIO:

10.1 CONFORMIDAD DEL SERVICIO:

La conformidad del servicio brindado estará a cargo de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico del Vice Ministerio de Turismo del MINCETUR, quien tendrá la obligación de exigir al postor ganador el fiel cumplimiento de sus obligaciones y extenderá la correspondiente conformidad por la entrega de la Consultoría solicitada, acorde con las disposiciones del Art. 137º del REGLAMENTO, y se emitirá dentro de los tres días hábiles siguientes de la presentación del Informe que contiene el Plan materia de la Consultoría.

La recepción conforme no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos o por vicios ocultos.

10.2 FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:

10.2.1 Previa conformidad del servicio, el pago se efectuará en moneda nacional, sujeto a la disponibilidad presupuestaria y calendario de compromisos respectivo.

10.2.2 Para tal efecto, el postor ganador de la Buena Pro presentará su factura dentro de los cinco días hábiles posteriores a la entrega del Informe Final al MINCETUR

10.2.3 De existir alguna observación por parte del MINCETUR, sobre el servicio brindado o por los documentos presentados, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares comunicará al postor ganador de la Buena Pro las observaciones pertinentes, para que en el plazo de dos días hábiles las subsane.

10.3 ADELANTOS:
A requerimiento del postor ganador de la Buena Pro, MINCETUR podrá realizar un adelanto hasta por el 20% del valor referencial asignado, contra entrega de una garantía por el porcentaje indicado, en concordancia con lo prescrito por el artículo 130º del REGLAMENTO. El monto aludido será entregado mediante cheque no negociable y será amortizado del pago final, de conformidad con el artículo 132º del REGLAMENTO.

TITULO XI: DISPOSICIONES FINALES

11.1 Queda claramente establecido que como consecuencia de la Buena Pro adjudicada al postor ganador, el MINCETUR no asumirá responsabilidad de ninguna clase, respecto a todas o cada una de las obligaciones que corresponden a dicho postor, sean de carácter laboral, social, tributario, administrativo, civil o de cualquier otro origen.

11.2 El postor ganador de la Buena Pro está obligado a cumplir íntegramente con lo ofrecido en su propuesta técnico – económica y en cualquier manifestación formal documentada, que haya aportado adicionalmente en el curso del proceso o en la formalización del Contrato.

11.3 En todo lo no previsto en las presentes Bases, serán de aplicación la LEY, su REGLAMENTO, sus modificatorias y la jurisprudencia de obligatoria observancia emitida por el CONSUCODE.

11.4 En caso que el Postor favorecido incumpla con alguna obligación asumida en virtud del Contrato suscrito o retrase la entrega del Informe Final, o si posteriormente a la suscripción del Contrato se detectara la presentación de información falsa, el MINCETUR podrá resolver el Contrato de conformidad a lo establecido en los Arts 41º y 45° de la LEY y Arts. 137°, 143º y 144º del REGLAMENTO y demás normas resolutorias, sin perjuicio de la penalidad prevista en el Art. 142º del REGLAMENTO. La presentación de documentos falsos o declaraciones juradas con información inexacta, igualmente será sancionada de acuerdo al Art. 205° del REGLAMENTO.

11.5 Las impugnaciones sobre el proceso de la presente Adjudicación Directa Pública se sujetarán a lo establecido en el Art. 54º de la LEY y el Art. 166º y siguientes de su REGLAMENTO.

11.6 Para efectos de la fiscalización, seguimiento y verificación posterior establecidos por la Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General, el MINCETUR a través del Comité Especial Permanente, podrá requerir a cualquiera de los postores la presentación de copias autenticadas de los documentos que acrediten fehacientemente la veracidad de la información presentada, quedando los postores obligados a cumplir con dicho requerimiento en el plazo que para tal efecto se le señale.

San Isidro, Octubre del 2003

COMITE ESPECIAL PERMANENTE



ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA Nº 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO A

DECLARACION JURADA DE IDENTIFICACIÓN DEL POSTOR
( MODELO)


Lima, de de 2003

Señor
PRESIDENTE DEL COMITE ESPECIAL PERMANENTE
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

Presente -


(Nombre o Razón Social del postor) …………………………………., debidamente representada por…………………….., a usted atentamente digo: Que, con el objeto de participar en la Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003-MINCETUR/CEP, convocado con la finalidad de seleccionar a la empresa que brinde el Servicio de Consultoría de ELABORACION DEL PLAN DE REASENTAMIENTO DE FAMILIAS CAMPESINAS DE Q´ENTE Y DE MACHU PICCHU PUEBLO, presento la siguiente información relativa a mi representada:

1. Denominación o Razón social del postor.
2. Nombre completo del Representante Legal o mandatario.
3. Numero de RUC del postor.
4. Número del documento de identidad del representante.
5. Domicilio y número de teléfono (de preferencia de telefonía fija)
6. Número de Tomo, Ficha o Partida Electrónica Registral, correspondiente a la inscripción del Postor, otorgado por la Oficina de los Registros Públicos.
7. Fecha de inicio de actividades en el rubro convocado.

Declaro bajo juramento que la información contenida en el presente documento expresa la verdad.

Atentamente,

-------------------------------------------------------------------------------
Nombre y firma del Representante Legal o Mandatario
o Apoderado Común en el caso de Consorcio


Nota: En el caso de Consorcios, la información solicitada en los numerales 1, 3, 6 y 7 deberá estar referida a todas y cada una de las empresas que los conforman.


ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA Nº 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO B

DECLARACION JURADA - ART. 56º DEL REGLAMENTO
( MODELO)



(Razón Social del postor y número de RUC), postor en la Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003-MINCETUR/CEP, para la selección de la empresa que brinde el Servicio de Consultoría para la ELABORACION DEL PLAN DE REASENTAMIENTO DE FAMILIAS CAMPESINAS DE Q´ENTE Y DE MACHU PICCHU PUEBLO, DECLARO BAJO JURAMENTO:

a) Que mi representada no tiene impedimento para participar en el proceso de selección, ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 9° de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PCM.

b) Que mi representada conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

c) Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del presente proceso de selección.

d) Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección, hasta suscribir el Contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

e) Que conoce las sanciones contenidas en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PCM, su REGLAMENTO y modificatorias, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Lima, de de 2003

-------------------------------------------------------------------------------
Nombre y firma del Representante Legal o Mandatario
o Apoderado Común en el caso de Consorcio



NOTA:
En el caso que el postor preste servicio que califique como nacional, declarará como literal f) de la presente Declaración Jurada "Que el servicio a brindar califica como nacional de acuerdo al D.S. N° 003-2001-PCM y la R.M. Nº 043-2001-ITINCI/DM".

En caso de Consorcio, será de aplicación lo señalado en el numeral 6.1.7 de la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 063-2003-CONSUCODE/PRE.


ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO C

TERMINOS DE REFERENCIA


ANTECEDENTES
En el entorno de las áreas del Santuario Histórico de Machu Picchu existen varias poblaciones de campesinos asentados en diferentes lugares del Valle Sagrado, que por muchas décadas vienen desarrollando actividades agrícolas, con el uso de insecticidas, pesticidas y abonos químicos que no están permitidos en dichas áreas.

UBICACIÓN DE LAS POBLACIONES
Región : Cusco
Provincia : Urubamba
Lugar : Campesinos asentados en Q'ente y Machu Picchu Pueblo.

Posible ubicación del lugar para el Plan de Reasentamiento
Región : Cusco
Provincia : Urubamba
Distrito : Machu Picchu
Lugar : Pisqakucho caserío de 70 familias (Área de amortiguamiento)

PROBLEMÁTICA
El problema inicial está constituido por el crecimiento poblacional, lo cual ha ocasionado que áreas no aptas para asentamientos humanos progresivamente hayan sido invadidas y ocupadas, expandiendo el área de impacto humano con la ampliación inorgánica del área urbana, la demanda de redes para servicios, con un alto costo para la introducción de los mismos, generando especulación de la tierra, incrementando la plusvalía en forma exagerada, creando falsas expectativas en personas que al no poder adquirir un terreno, terminaron invadiendo otros, causando alto riesgo a la sostenibilidad del santuario histórico de Machu Picchu, patrimonio de la humanidad.

Un segundo problema, lo constituye la presión ejercida por la expansión del área para asentamientos humanos, que ha ampliado la frontera agrícola, además de la introducción de especies exóticas en perjuicio de las naturales, variando el balance natural del ecosistema e introduciendo riesgos a la sostenibilidad del área protegida.

Esta población invasora dispone de diversas habilidades como el tejido de chompas, chalinas, gorros, guantes, ponchos y otros tipos de artesanías y trabajos manuales, pero por las condiciones de inhabitabilidad de sus viviendas, se ven imposibilitados de desarrollar adecuadamente estas actividades. En iguales circunstancias se encuentran los pequeños comerciantes y prestadores de servicios al turismo, quienes por la falta de capacitación y oportunidad, por la saturación existente en el poblado de Machu Picchu, tampoco pueden desarrollar sus actividades adecuadamente.

OBJETIVOS
Los presentes Términos de Referencia, guían el proceso de elaboración del Plan de Reasentamiento de 40 familias campesinas del sector Q'ente y 60 familias de Machu Picchu Pueblo, con la finalidad de:

  • Preservar la seguridad de la población civil, contra desastres.
  • Promover actividades económicas compatibles con la naturaleza, para preservar el medio ambiente.
  • Promover el desarrollo y bienestar de los habitantes ubicados dentro del área del Santuario, Patrimonio de la Humanidad de Machu Picchu.

ACTIVIDADES A DESARROLLAR
1.- Introducción
Efectuar una reseña y compilación de los antecedentes existentes en diversas entidades públicas y privadas del Plan de Reasentamiento de familias campesinas de Q'ente y de Machu Picchu pueblo, la justificación del mismo y las alternativas de solución, así como el marco conceptual de la metodología a emplear.

2.- Propósito del Plan de Reasentamiento
Se indicará el propósito del Plan, definiendo claramente los objetivos generales y los objetivos específicos, así como su relación con los objetivos más amplios de desarrollo de la localidad, Región y País.

3.- Análisis de la Normatividad Legal referente a Reubicaciones o Reasentamientos
Análisis, evaluación y aplicación al caso, de la legislación nacional existente, de las leyes, reglamentos y demás normas que rigen los procesos de reubicación poblacional y su relación con las políticas de desarrollo local, regional y nacional, formulando las propuestas que el caso requiera.

4.- Determinación del Sitio o Lugar del Reasentamiento
Determinar el sitio o lugar sea en la zona de Pisqakucho u otra zona, dentro del entorno, con aptitud para el desarrollo de un nuevo asentamiento humano, para lo cual deberá considerarse:

  • Accesibilidad al sitio, descripción de las propuestas de solución
  • Topografía: Levantamiento topográfico a escala 1: 2 000 con curvas de nivel equidistantes a 0,50 m con referencias de ubicación y cotas absolutas, incluyendo el detalle de viviendas y otras instalaciones existentes.
  • Clima de la zona: Evaluación climática referenciada a información climatológica obtenida en la zona, clasificación y características peculiares.
  • Análisis y diagnóstico físico espacial, del asentamiento existente en Pisqakucho de 70 familias que actualmente viven en casas dispersas: Diagnóstico socioeconómico, análisis de la dispersión, propuestas de mejoramiento, enlace con nuevos asentamientos, analizando sus posibilidades de soportabilidad socio cultural.
  • Determinar la factibilidad de servicios básicos en el sitio: Servicios de agua potable, alcantarillado, electricidad, comunicaciones.
  • Determinar el uso del suelo e intensidad de uso en el sitio: Información de Censo poblacional y productivo, uso del suelo.
  • Determinar la flora y fauna existente, en el sitio y en inmediaciones, determinar potencialidades de éstas.
  • Factibilidad legal de ocupar los nuevos terrenos propuestos.

5.- Aspectos Socio económicos
Deberá definirse claramente la situación socio económica de las aproximadamente 40 familias campesinas de Q'ente y 60 familias del poblado de Machi Picchu, afectadas por la reubicación de sus viviendas, estas últimas situadas actualmente en áreas con alto riesgo y vulnerabilidad; y de manera similar para las cerca de 70 familias asentadas en Pisqakucho o de otro lugar, para lo cual se efectuará:

  • La elaboración de un estudio socio-económico, que tenga en cuenta que cada grupo proviene de diferente composición social, y consiguientemente sus usos, costumbres y situación económica no son similares.
  • Este estudio deberá contener los resultados de las consultas efectuadas a los miembros integrantes de las familias afectadas, tanto a las familias campesinas de Q'ente y de Machu Picchu Pueblo, como de las que ya viven en Pisqakucho, o de otro lugar si se optara por otra solución, ya que la composición social de los grupos es diferente y pudiera producirse un desequilibrio social.

6.- Aspectos relacionados a la Tenencia de la Tierra
Se definirá la situación prevalente respecto a la propiedad o posesión de los lotes ocupados, en cada uno de los tres sitios o lugares, tanto en el que se asientan actualmente, como en el que se asentarán las aproximadamente 40 familias campesinas de Q'ente, 60 familias de Machu Picchu Pueblo y las 70 familias ya asentadas en Pisqakucho o las de otro lugar elegido, para lo cual se efectuarán las siguientes actividades:

  • Determinar las formas legales de adquisición de la propiedad o posesión, de los lotes y viviendas que ocupan cada una de las 40 familias campesinas de Q'ente y de las 60 familias de Machu Picchu Pueblo, consideradas para su reubicación. Análisis y revisión detallada de la documentación respectiva así como calificación del tipo de propiedad de cada familia.
  • Determinar las formas de adquisición de la propiedad o posesión de los lotes y viviendas que ocupan cada una de las familias de Pisqakucho, o de otro lugar alternativo seleccionado, con el fin de generar un asentamiento regular (legal) en esta zona, tomando en cuenta a las familias existentes y asentadas con anterioridad.
  • Determinar el tipo de tenencia de la tierra en la zona de Pisqakucho u otra zona seleccionada, para plantear la forma de incorporarla al desarrollo de un nuevo asentamiento humano.

7.- Desarrollo e implementación del Plan de Reasentamiento
El Consultor, determinará y recomendará las instancias competentes del gobierno y de la sociedad, que deberán participar activamente en el proceso de implementación del Proyecto, para lo cual planteará las alternativas de solución considerando los siguientes aspectos:

  • Primer planteamiento: Propuesta de reasentamiento, considerando lotes con servicios. Para efectos de habitabilidad, se promoverá la autoconstrucción de las viviendas.
  • Segundo planteamiento: Propuesta de reasentamiento, con viviendas construidas y concluidas con la intervención del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y/u otras dependencias del gobierno.
  • Tercer planteamiento: Obedecerá a una combinación de las dos anteriores, de acuerdo a los diferentes orígenes de las familias a reasentar. Se les apoyará en su decisión, dejándoles elegir lo más conveniente para su grupo o familia.
  • En cualquiera de dichos planteamientos, se deberá considerar el uso de los materiales tradicionales, que permitan recuperar el patrón formal, estructural y cultural del tipo de vivienda en el valle del Vilcanota, con el fin de conservar la unidad entre cada uno de los poblados existentes en el mismo.
  • Se definirá la densidad de viviendas, acorde con los Planes de Desarrollo Urbano Regional, Provincial y Distrital, al corto, mediano y largo plazo, para lo cual se basará en el conocimiento del uso y utilización de la vivienda actual, a fin de definir el área mínima requerida por lote, acorde con sus usos y costumbres y las normas de urbanización y asentamiento existentes.
  • De acuerdo al número de pobladores, considerando el crecimiento al corto, mediano y largo plazo, será necesario proyectar el equipamiento urbano necesario en materia de salud, educación, abastecimientos, recreación, deporte, culto y cultura.
  • Deberá definirse también Pisqakucho o la otra zona seleccionada, como un centro de impulso al desarrollo cultural, artesanal, comercial y turístico, en el que se promueva la recuperación de las tradiciones de la cultura Inca y con esto se asegure el empleo que posiblemente tengan ahora, las familias a reasentar.
  • Se determinará la zona, planteando las formas de impulsar su desarrollo, para llegar a ser proveedores de productos a los poblados cercanos como es Machu Picchu pueblo

8.- Programa de Adecuación
El Consultor desarrollará el planteamiento de las campañas de concientización y educación necesarias, para la implementación de la presente actividad, de acuerdo a su propuesta.

9.- Consideraciones Adicionales
El plan deberá ser efectuado, en el marco de las recomendaciones que sobre trabajos similares, ha experimentado el Banco Mundial en el contexto de su actuación geográfica mundial, para lo cual:

  • Se deberá tener en cuenta las políticas y normatividad del Banco Mundial, en materia de reasentamiento involuntario de poblaciones.
  • El Plan deberá plantearse, de acuerdo con la metodología propuesta por el mismo Banco Mundial en su ayuda memoria del 11/04/03, que son: Integralidad, Calidad y Subsidiaridad.

10.- Informes
El Consultor estará obligado a presentar dos informes, que deberán ser concisos y limitados a los problemas significativos relacionados al reasentamiento propuesto, pudiendo organizarse su presentación en los siguientes aspectos:

1º Informe: A ser entregado en el plazo propuesto por el postor.
Deberá contener los siguientes aspectos:

- Diagnóstico situacional de las poblaciones asentadas y por asentar: Aspectos socio económicos y ocupacionales, cantidad de familias existentes, marco normativo y legal.
- Alternativas de solución propuestas: Análisis de cada una de elllas.

2º Informe: A ser entregado en el plazo máximo de 90 días calendarios.
Deberá contener:

- Resumen ejecutivo.
- Descripción del Plan propuesto
- Sostenibilidad del Plan propuesto
- Costos y alternativas de financiamiento
- Programación del Reasentamiento
- Referencias
- Anexos


DURACIÓN DEL ESTUDIO
La elaboración del Plan, ha sido estimado en un período de 90 (noventa) días calendario, tiempo que incluye la ejecución de los trabajos de campo y la elaboración de los trabajos de gabinete. No incluye el tiempo desde la entrega del primer informe hasta la aprobación por el MINCETUR de la alternativa seleccionada, que será utilizada para la elaboración del Plan definitivo.

PERFIL EMPRESARIAL PARA REALIZAR EL PLAN DE REASENTAMIENTO
Empresa consultora con experiencia mínima de 5 años, en la elaboración de estudios de Proyectos de Desarrollo que comprendan: Diagnósticos Físicos y Socioeconómicos, Esquemas de Desarrollo de Tierras, Estudios Agrológicos y de soportabilidad de suelos, estudios de Asentamientos Humanos y Planes de Reasentamiento Humano.


ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO D

CRITERIOS DE EVALUACION

Para la evaluación y calificación de la propuesta técnica del Postor, el Comité tomará en cuenta los siguientes criterios y puntajes:

I.- DE LA PROPUESTA TECNICA

Cumple las especificaciones técnicas señaladas en el Anexo C:

SI : Pasa a evaluación
NO : Rechazada

1) Factores Referidos al Consultor 30 puntos

1.1) Tiempo en la actividad 10 Puntos
Fecha de inicio formal de operaciones como empresa consultora, acreditado con la inscripción registral del postor:
- Mas de 10 años : 10 puntos
- Mas de 08 a 10 años : 08 puntos
- Mas de 06 a 08 años : 06 puntos
- Menos de 06 años : 04 puntos

1.2) Experiencia en la Actividad: (Hasta 10 puntos)
Constancias de calificación del servicio de consultoría, otorgada por los principales clientes (máximo 5 constancias, correspondientes a los clientes consignados en el Anexo F), según modelo contenido en el Anexo G

  • Por cada constancia Excelente o Muy Buena : 2:00 puntos
  • Por cada constancia Buena : 1:00 punto
  • Por cada constancia Regular : 0:50 punto

1.3) Experiencia en la Especialidad: (Hasta 10 puntos)
Constancias de calificación de servicios en la especialidad convocada. Se consideran servicios de la especialidad a los estudios de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos y socioeconómicos, esquemas de desarrollo de tierras, estudios agrológicos y caracterización territorial, planes de desarrollo agrosocioeconómicos y planes de desarrollo urbano. (Máximo 5 constancias, correspondientes a los clientes consignados en el Anexo H), según modelo contenido en el Anexo I. Deberán presentarse constancias diferentes a las presentadas para evaluar el numeral 2 precedente.

  • Por cada constancia Excelente o Muy Buena : 2:00 puntos
  • Por cada constancia Buena : 1:00 punto
  • Por cada constancia Regular : 0:50 punto

2) Factores referidos al Personal 50 puntos
Se calificará al personal con los siguientes criterios y puntajes:

2.1)Jefe de Proyecto (20 puntos):

2.1.1) Tiempo en el Ejercicio de la Profesión (06 puntos)
Se sustentará con el documento acreditando la fecha de colegiación

  • Más de 20 años : 06 puntos
  • Entre 10 y 20 años : 03 puntos
  • Menos de 10 años : 01 punto

    2.1.2) Experiencia en la Especialidad (Hasta14 puntos)
    Relación de trabajos similares a los requeridos en los que haya participado en los últimos años (2000, 2001, 2002 y 2003), sustentados en las respectivas copias simples de constancias de calificación por el servicio de consultoría brindado. Se consideran similares los estudios de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos y socioeconómicos, esquemas de desarrollo de tierras, estudios agrológicos y caracterización territorial, planes de desarrollo urbano.
    Por cada constancia presentada, se otorgará 2 puntos, hasta el máximo de 14 puntos.

2.2) Profesionales especialistas (30 puntos)
(Especialista Ambiental – Ingeniero Agrónomo – Sociólogo)
Se calificará a cada uno de los especialistas, excluyendo al jefe del proyecto, aplicando los siguientes criterios y puntajes máximos:

2.2.1)Tiempo en el Ejercicio de la Profesión (Hasta 16 puntos)
Se sustentará con el documento acreditando la fecha de colegiación, en cada caso.

  • Igual o más de 15 años : 16 puntos
  • Entre 10 y 14 años : 10 puntos
  • Menos de 10 años : 05 puntos

    2.2.2)Experiencia en la Actividad (Hasta 14 puntos)
    Relación de trabajos similares a los requeridos, en los que haya participado en los últimos cuatro años (2000, 2001, 2002 y 2003), sustentados en las respectivas copias simples de constancias de calificación por el servicio de consultoría brindado. Se consideran similares los estudios de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos y socioeconómicos, esquemas de desarrollo de tierras, estudios agrológicos y caracterización territorial, planes de desarrollo urbano.
    Por cada constancia presentada, se otorgará 2 puntos, hasta el máximo de 14 puntos.

El puntaje total del rubro "Profesionales Especialistas" será resultante del promedio aritmético de los puntajes individuales obtenidos por cada uno de los tres profesionales.

3) Objeto del Contrato – Plan de Trabajo 20 puntos
El cual deberá considerar los términos de referencia establecidos en el Anexo C, y deberá contener necesariamente:

a) Organización y cronograma, detallados, especificando
las acciones a ser desarrolladas por cada uno de los
profesionales designados para el desarrollo de la Consultoría
b) Enfoque para la apreciación técnica del estudio
c) Conceptualización para el desarrollo del estudio

En este rubro se calificará la programación detallada de las actividades a realizar por el consultor, el servicio, que demuestre que el postor conoce el tema y ha interpretado correctamente los términos de referencia.


II.- DE LA PROPUESTA ECONOMICA: Hasta 100 puntos

De la Propuesta Económica: (Art. 66 del Reg del TUO de la Ley 26850)

Pi = 2 (PMPE) - (Oi / Om) x PMPE

Donde :

Pi = Puntaje de la Oferta Económica i
Oi = Oferta Económica i
Om = Oferta Económica de precio más bajo
PMPE = Puntaje máximo de la Propuesta Económica
i = Propuesta

Del Costo Total

La Buena Pro se adjudicará al Postor con la Propuesta de mayor Puntaje de Costo Total, como resultado de la aplicación de la siguiente fórmula:

PTPi = c1PTi + c2PEi

Donde:

PTPi = Costo Total del Postor i
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del Postor i
PEi = Puntaje por Evaluación Económica del Postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.8
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.2

La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga el mayor puntaje total.

De conformidad con la Ley N° 27633, a aquellos postores que brinden servicios nacionales de acuerdo con los lineamientos establecidos en las normas citadas, se les otorgará un puntaje del veinte por ciento (20%) adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica de su propuesta. En el caso de Consorcios, será de aplicación lo señalado en el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 003-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución N° 063-2003-CONSUCODE/PRE.


ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003 MINCETUR/CEP

ANEXO E

PROPUESTA ECONOMICA

Señores
Comité Especial Permanente
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

Presente.-

Ref. : Adjudicación Directa Publica N° 002-2003 MINCETUR/CEP

Representante legal del Postor que suscribe, declara haber revisado cuidadosamente las Bases del Proceso de Selección y Términos de Referencia para el Servicio de Consultoría convocado, por consiguiente para la realización de los trabajos detallados en tales documentos, someto a su consideración mi propuesta económica ascendente a .............................. Nuevos Soles (S/. ....................), a todo costo, incluyendo todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pagos de derechos por servicios administrativos y cualquier otro concepto que pudiera tener incidencia sobre el costo del servicio.

Asimismo declaro estar conforme con lo establecido en el proyecto de contrato, las Bases y los Términos de Referencia.


Lima, ...... de ............ del 2003

……………. ..................................................………….
Nombre y firma del Representante Legal o Mandatario
o Apoderado Común en caso de Consorcio



ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO F

RELACION DE LOS PRINCIPALES CLIENTES EN LA ACTIVIDAD DE CONSULTORIA

(MODELO DE INFORMACION MINIMA REQUERIDA)

NOMBRE DE LA EMPRESA O ENTIDAD

MATERIA DIRECCIÓN/CIUDAD

MONTO CONTRATADO

PERIODO DEL SERVICIO

TELÉFONO
/FAX

RUC

Inicio Término
1                
2                
3                
4                
5                


Nota: Deberán corresponder a diferentes clientes, con diferente RUC.

 


-------------------------------------------------------------------------------
Nombre y firma del Representante Legal o Mandatario
o Apoderado Común en el caso de consorcio


ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO G

CONSTANCIA DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO EMITIDA POR CLIENTES
(MODELO)


CONSTANCIA (*)

Por el presente documento dejamos constancia que la empresa (razón social del Postor o Consorcio), nos ha brindado la consultoría de:
,el que calificamos de:

Excelente o Muy Bueno ( …. )
Bueno ( …. )
Regular ( …. )

Conforme al detalle siguiente:
Periodo de prestación : (indicar el periodo: Del .xx.xx al xx.xx.xx)
Oportunidad en entrega de los informes :

Se expide la presente constancia, a solicitud de la empresa interesada, para su participación en Licitaciones Públicas o Concursos Públicos que sean convocados por entidades del Sector Público.


Lima, de


……………….............……............................................……
Razón Social de la Persona Jurídica que otorga la Constancia
Nombre, Apellido y cargo del Funcionario autorizado
(Gerencia, Area de Administración, de Logística o similar).

De la empresa que otorga la constancia

Nº de RUC : ……………..
Nº de Teléfono : ..…………...
Nº de Facsímil : ……………..
Dirección : ………………………………………………………………………….


NOTA: Las constancias emitidas por los clientes, si bien pueden no ser exactamente iguales al presente modelo, deberán contener la información requerida.

(*) Las constancias pueden ser presentadas en copia simple, y deben corresponder a los clientes consignados en el Anexo F. Las constancias que presenten adulteración, las que no sean legibles y aquellas que no cumplan con la información requerida no serán consideradas.


ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO H

RELACION DE LOS PRINCIPALES SERVICIOS DE CONSULTORIA, EN LA ESPECIALIDAD CONVOCADA (*)

(MODELO DE INFORMACION MINIMA REQUERIDA)

NOMBRE DE LA EMPRESA O ENTIDAD

MATERIA DIRECCIÓN/CIUDAD

MONTO CONTRATADO

PERIODO DEL SERVICIO

TELÉFONO
/FAX

RUC

Inicio Término
1                
2                
3                
4                
5                

Nota: Deberán corresponder a diferentes clientes, con diferente RUC.


------------------------------------------------------------------
Nombre y firma del representante Legal o mandatario
o Apoderado Común en el caso de consorcio

(*) Se consideran servicios de la especialidad, los estudios de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos y socioeconómicos, esquemas de desarrollo de tierras, estudios agrológicos y caracterización territorial, planes de desarrollo agrosocioeconómicos y planes de desarrollo urbano.


ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO I

CONSTANCIA DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO DE CONSULTORIA EN LA ESPECIALIDAD CONVOCADA(*), EMITIDA POR CLIENTES
(MODELO)


CONSTANCIA (**)

Por el presente documento dejamos constancia que la empresa (razón social del Postor o Consorcio), nos ha brindado la consultoría en precisar la especialidad, según (*), la que calificamos de:

Excelente o Muy Bueno ( …. )
Bueno ( …. )
Regular ( …. )

Conforme al detalle siguiente:
Periodo de prestación : (indicar el periodo: Del .xx.xx al xx.xx.xx)
Oportunidad en entrega de los informes :

Se expide la presente constancia, a solicitud de la empresa interesada, para su participación en Licitaciones Públicas o Concursos Públicos que sean convocados por entidades del Sector Público.


Lima, de


…………….............…….................................................……
Razón Social de la Persona Jurídica que otorga la Constancia
Nombre, Apellido y cargo del Funcionario autorizado
(Gerencia, Area de Administración, de Logística o similar).

De la empresa que otorga la constancia

Nº de RUC : ……………..
Nº de Teléfono : ..…………...
Nº de Facsímil : ……………..
Dirección : ………………………………………………………………………….


NOTA: Las constancias emitidas por los clientes, si bien pueden no ser exactamente iguales al presente modelo, deberán contener la información requerida.

(*) Se consideran servicio de consultoría en la especialidad convocada, a los estudios de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos y socioeconómicos, esquemas de desarrollo de tierras, estudios agrológicos y caracterización territorial, planes de desarrollo agrosocioeconómicos y planes de desarrollo urbano.

(**) Las constancias pueden ser presentadas en copia simple, y deben corresponder a los clientes consignados en el Anexo H. Las constancias que presenten adulteración, las que no sean legibles y aquellas que no cumplan con la información requerida no serán consideradas.


ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA Nº 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO J

PACTO DE INTEGRIDAD

El Postor……………………………………………………..y el MINCETUR suscriben el presente Pacto de Integridad:

Yo……………………………………...(Representante legal de la empresa), con DNI Nº…………………………..… , en representación de la empresa …………………… me comprometo formalmente a actuar durante el proceso de selección con total respeto a los principios de transparencia, moralidad, probidad, libre competencia, veracidad, que rigen la contratación y adquisición de bienes y servicios para el Estado.

Asimismo, declaro no haber ofrecido u otorgado y me comprometo a no ofrecer u otorgar, en el futuro, directamente o a través de terceros, ningún pago o beneficio o ventaja a funcionario público alguno o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de la Adjudicación Directa Pública. Además, declaro no haber celebrado y no tener intención de celebrar en el futuro, acuerdos formales o tácitos, con los demás postores o con terceros con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia.

Por su parte, los integrantes del COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE designado por Resolución Secretarial Nº 004-2003-MINCETUR/SG, asumimos el compromiso de evitar cualquier extorsión, así como la aceptación de sobornos tales como donativos, promesas o cualquier otra ventaja de parte de los postores, con el fin de influir en nuestra decisión.

El incumplimiento del presente PACTO genera la inhabilitación de contratar con el Estado sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que resulten pertinentes.

San Isidro,

----------------------------------------------------
Representante de la Empresa

---------------------------------------
Presidente Comité Especial

---------------------------------------
Miembro Titular

-------------------------------------------
Miembro Titular


ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA Nº 002-2003-MINCETUR/CEP

ANEXO K

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS


Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios que celebran:

De una parte, el MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, con RUC Nº 20504774288, domiciliado en la Calle Uno Oeste Nº 050, Urb. Córpac, San Isidro, representado por el Director General de Administración Don ……………………………….., con DNI Nº ……………………………….., según facultades otorgadas por R.M. Nº 004-2003-MINCETUR/DM, a quien en adelante se denominará MINCETUR;

De la otra parte; la empresa …………………………………………., con RUC Nº ………………………………., inscrita en Fojas ……………., Tomo …………………, asiento………….. del Registro Mercantil de ………………., -----domiciliada en.………………………., representada por el señor …………………………………………………., identificado con DNI Nº ……………………….., según poder inscrito en la Partida ……………………………..de la Oficina Registral de ………………., a quien en adelante se denominará la CONSULTORA.

El presente Contrato se celebra en los términos y condiciones siguientes:


PRIMERA: ANTECEDENTE Y BASE LEGAL

El MINCETUR llevó a cabo el proceso de Adjudicación Directa Pública N° 002-2003-MINCETUR/CEP, para contratar el servicio Consultoría para el reasentamiento de familias campesinas de Q´ente y de Machu Picchu Pueblo.

Con fecha __________ el Comité Especial Permanente otorgó la Buena Pro a LA CONSULTORA .

BASE LEGAL:

  • El Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001 PCM, en adelante la LEY.
  • El Reglamento del TUO de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D. S. Nº 013-2001 PCM, en adelante el REGLAMENTO.
  • Resolución Ministerial Nº 004-2003-MINCETUR/DM, de delegación de Funciones.
  • Resolución Secretarial que aprueba las Bases de la Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003-MINCETUR/CEP, en armonía con el art. 82º del REGLAMENTO.

SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO.-
El MINCETUR contrata los servicios de la CONSULTORA , en mérito al otorgamiento de la Buena Pro en la Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003-MINCETUR/CEP, con el objeto de que LA CONSULTORA le brinde servicio de consultoría para la elaboración del Plan de Reasentamiento de Familias campesinas de Q'ente y de Machu Picchu Pueblo, con sujeción a las Propuestas Técnica y Económica, las condiciones de carácter administrativo contenidas en las Bases Integradas, y sus Anexos, que forman parte integrante del presente Contrato, los mismas que no podrán ser retiradas, modificadas o sustituidas por LA CONSULTORA durante la ejecución del mismo.

TERCERA: PLAZO DEL CONTRATO.-
El plazo de duración del presente Contrato es de………………………….. días calendario, computado desde el día siguiente de su suscripción.

CUARTA: DE LA RETRIBUCION.-
La retribución pactada por las partes es de S/………………………….…( ………………………………………y 00/100 Nuevos Soles) suma que incluye todos los tributos, transporte, inspecciones, pruebas, seguros y todo cuanto incida en el costo de la consultoría.

QUINTA: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO DE LA RETRIBUCION.-
El pago se efectuará en moneda nacional, mediante Cheque no Negociable, a través de la Sub Dirección de Tesorería de la Oficina de Administración Financiera, previa presentación de la factura correspondiente por parte de LA CONSULTORA y de la conformidad del servicio a cargo de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico del Vice Ministerio de Turismo.

Para tal efecto, LA CONSULTORA presentará su factura dentro de los cinco días hábiles posteriores a la entrega del Informe Final.

De existir alguna observación por parte de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico del MINCETUR, respecto del servicio prestado o por los documentos presentados, la comunicará a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, quien solicitará al postor las subsane en un plazo de dos días hábiles.

SEXTA: DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MINIMOS ADMINISTRATIVOS.-
La CONSULTORA antes de la firma del presente Contrato, hace entrega de los siguientes documentos:

6.1. (En caso de ser aplicable) Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: emitida a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, por un monto de S/. ……………….. (el equivalente al diez por ciento 10 % del monto total del Contrato), Nº…….. …………emitida por el ……….……………, con las características de irrevocable, incondicional, solidaria, de realización automática en el país a solo requerimiento del MINCETUR y sin beneficio de excusión, vigente por todo el plazo de ejecución y hasta la aprobación de la liquidación del presente contrato.
6.2. (En caso de ser aplicable) Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Propuesta emitida a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, por un monto de S/………… (calculado de acuerdo al Art. 123º del REGLAMENTO), N° ………………, emitida por …………………. con las características de irrevocable, incondicional solidaria, de realización automática en el país a solo requerimiento del MINCETUR y sin beneficio de excusión, vigente por todo plazo de ejecución y hasta la aprobación de la liquidación del presente contrato, en garantía del fiel cumplimiento del Contrato.
6.3. Certificado de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado, emitido por el CONSUCODE, (Art. 118º del REGLAMENTO).
6.4. Certificado de vigencia de Poderes expedido por Registros Públicos, a favor del representante legal de LA CONSULTORA.
6.5. Copia legible del Registro Unico de Contribuyentes

El MINCETUR deja constancia expresa de haber recibido las Garantías mencionadas.

SETIMA: DE LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA.-
La CONSULTORA será responsable por el Informe defectuoso, que haya sido materia de observación por parte del MINCETUR, sin que ello implique el menoscabo del derecho de este último, a interponer las acciones legales y/o administrativas a que hubiere lugar.

OCTAVA: DECLARACION JURADA.-
La CONSULTORA declara bajo juramento que se compromete a cumplir todas las obligaciones que asume mediante el presente Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el ESTADO en caso de incumplimiento.

NOVENA: PROHIBICION DE SUBCONTRATACION.-
La CONSULTORA se obliga expresamente a no subcontratar y/o transferir total o parcialmente a terceros la prestación del servicio contratado y a no ceder su posición contractual en el presente Contrato. El incumplimiento de esta obligación es causal de resolución del Contrato.

DECIMA: PENALIDADES Y CAUSALES DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO.-

10.1 Penalidad por Mora
Por cada día calendario de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la CONSULTORA está sujeta a una penalidad de hasta un monto máximo equivalente al cinco por ciento (5%) del monto contractual, de acuerdo al Art. 142º del REGLAMENTO. Esta penalidad será deducida de los pagos mensuales.
La penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la formula que establece el Artículo Nº 142 del REGLAMENTO. Cuando llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, el MINCETUR podrá resolver el contrato por incumplimiento.

10.2 Resolución por Incumplimiento de Contrato
En caso de incumplimiento por parte de la CONSULTORA de alguna de sus obligaciones, el MINCETUR podrá resolver el Contrato de acuerdo a las normas establecidas en los Artículo Nos. 41º y 45° de la LEY, y Artículos Nos. 137°, 143º y 144º del REGLAMENTO.

10.3 Sanción por presentación de documentación o información falsa
En caso que La CONSULTORA haya presentado documentación o información falsa, será sancionado de acuerdo al inciso f) del artículo 205° del REGLAMENTO.
Asimismo, el MINCETUR podrá proceder a la resolución del Contrato en caso se comprobase la presentación de documentación falsa por parte de la empresa.

DECIMO PRIMERA: DEFINICION DE SITUACION JURIDICA.-
Por su modalidad, la suscripción del presente contrato con LA CONSULTORA, no implicará relación laboral alguna, laboral ni civil alguna entre el MINCETUR y el personal que LA CONSULTORA asigne para el cumplimiento del presente Contrato.

DECIMO SEGUNDA: TÍTULOS DE PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION
Los títulos de propiedad, derechos de autor y todo otro tipo de derechos sobre bienes tangibles e intangibles de cualquier naturaleza producidos bajo o como consecuencia de las estipulaciones de este contrato, son cedidos al MINCETUR en forma exclusiva y sin costo alguno.

La información obtenida por LA CONSULTORA como resultado del cumplimiento de sus obligaciones, así como sus informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance, relacionados con la ejecución de las actividades señaladas en la Cláusula Segunda del presente Contrato, serán reservados no pudiendo ser divulgados por La CONSULTORA sin la autorización expresa del MINCETUR. Esta obligación subsistirá aún después de concluida la vigencia del presente contrato.

DECIMO TERCERA: DE LAS NOTIFICACIONES.-
Cualquier comunicación que las partes deban cursarse, como consecuencia de la ejecución del presente Contrato, deberá efectuarse en los domicilios señalados en la parte introductiva del mismo. Para que surta efecto cualquier cambio de domicilio, las partes deben comunicarlo por escrito, con una anticipación no menor a tres (3) días de producirse el cambio.

DECIMO CUARTA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS.-
En caso de surgir alguna controversia, respecto al cumplimiento o interpretación del contrato, las partes se comprometen a solucionarla, en primer término, mediante el trato directo. En caso de no lograr una solución mediante esta vía, las partes podrán recurrir al procedimiento de conciliación, y de no prosperar ésta última, la controversia será resuelta mediante Arbitro Unico, según lo dispuesto en el Artículo 189º del REGLAMENTO.

A falta de acuerdo en la designación del Arbitro Unico, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contratación y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.

DECIMO QUINTA: DISPOSICION FINAL.-
Es voluntad de las partes no transgredir la LEY y su REGLAMENTO, por tanto, ambas partes declaran la prioridad de estas disposiciones; asimismo, declaran que los aspectos que no se hayan contemplado en el presente Contrato se rigen por dichas disposiciones.

Las partes expresan su total conformidad con los términos del presente Contrato, en fe de lo cual firman en dos (02) ejemplares de igual texto y valor, quedando un ejemplar en poder de La CONSULTORA y el otro en poder del MINCETUR, en Lima a los ……………… días del mes de…………….. de dos mil tres.

 

MINCETUR

LA CONSULTORA