"MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO"
BASES PARA LA ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA
Nº 005-2004-MINCETUR/CE
OBJETO: "Licenciamiento y Soporte Técnico para los productos Oracle"
COMITÉ ESPECIAL Noviembre 2004
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
BASES
CONTENIDO
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1.1 ENTIDAD CONVOCANTE 1.2 OBJETO 1.3 PERIODO DEL SERVICIO A PRESTAR 1.4 VALOR REFERENCIAL 1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO
TITULO II: BASE LEGAL
TITULO III: CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
3.1 CONVOCATORIA 3.2 FECHA DE CONVOCATORIA 3.3 VENTA DE BASES 3.4 FORMULACIÓN DE CONSULTA y OBSERVACIONES A LAS BASES 3.5 ABSOLUCION DE CONSULTAS 3.6 INTEGRACION DE LAS BASES 3.7 PRESENTACION DE PROPUESTAS 3.8 ADJUDICACION DE LA BUENA PRO
TITULO IV: REQUISITOS PARA SER POSTOR
TITULO V: CONDICIONES DE CARÁCTER TECNICO-ECONOMICO
5.1 VALIDEZ DE LA OFERTA 5.2 COMPOSICION DEL MONTO TOTAL DE LA PROPUESTA ECONOMICA 5.3 LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO 5.4 REQUERIMIENTO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO 5.5 CONFORMIDAD DE RECEPCION 5.6. FORMA DE PAGO
TITULO VI: PRESENTACION DE PROPUESTAS
6.1 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS 6.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TECNICA (SOBRE Nº 1) 6.3 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONOMICA (SOBRE Nº 2)
TITULO VII: RECEPCION DE PROPUESTAS
TITULO VIII: EVALUACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION DE LA BUENA PRO
TITULO IX: DE LOS CONTRATOS
9.1 CONDICIONES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO 9.2 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
TITULO X: DISPOSICIONES FINALES
ANEXOS:
ANEXO A: Declaración Jurada de Identificación del Postor ANEXO B: Declaración Jurada - Art. 56° Reglamento ANEXO C: Especificaciones Técnicas y Requisitos Mínimos ANEXO D: Factores de Evaluación de Propuestas ANEXO E Hoja de propuesta económica ANEXO F: Modelo de formato de presentación de consulta (observación) ANEXO G: Constancia de Calidad de Servicio ANEXO H: Declaración Jurada de Servicios Prestados dentro del Territorio Nacional ANEXO I: Declaración jurada de ser pequeña empresa ANEXO J: Declaración Jurada de Recursos Provenientes del Tesoro Publico ANEZO K: Promesa Formal de Consorcio ANEXO L: Pacto de Integridad ANEXO M: Proforma de Contrato
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
BASES
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1.1 ENTIDAD CONVOCANTE: El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en adelante MINCETUR. Domicilio: Calle Uno Oeste Nº 050, 10º piso, Urbanización Córpac, Distrito de San Isidro.
1.2 OBJETO: Contratar el licenciamiento y servicio de soporte técnico para los productos Oracle de la Sede Central del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de conformidad con las presentes Bases.
1.3 VALOR REFERENCIAL: El valor referencial estimado asciende a US $ 7,334.92 (Siete mil trescientos treinta y cuatro con 92/100 Dólares americanos), suma que incluye los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el mismo. Calculado a Noviembre del 2004.
1.4 SISTEMA DE ADQUISICION: Este proceso de selección se rige por el sistema de suma alzada.
1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos Ordinarios y/o Directamente Recaudados
TITULO II: BASE LEGAL
2.1 Ley Nº 27209 Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. 2.2 Ley N° 28128 Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año 2004. 2.3 Ley N° 28015 Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. 2.4 Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. 2.5 Ley N° 27633 Ley que modifica la Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional. 2.6 Ley Nº 27738 Ley que modifica el artículo 33º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 2.7 Decreto Legislativo Nº 295 Código Civil 2.8 Decreto de Urgencia Nº 064-2000 Modifican la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional. 2.9 Decreto de Urgencia Nº 083-2001 Prorrogan vigencia del D.U. Nº 064-2000, que modificó artículo único de la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional. 2.10 Decreto Supremo N° 002-99-TR Reglamento de la Ley N° 27056. 2.11 Decreto Supremo N° 009-2003-TR Reglamento de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. 2.12 Decreto Supremo Nº 003-2001-PCM Establecen disposiciones para la aplicación del D.U. Nº 064-2000, sobre calificación técnica y económica obtenida por postores de bienes y servicios elaborados dentro del territorio nacional. 2.13 Decreto Supremo N° 012-2001-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2.14 Decreto Supremo N° 013-2001-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias. 2.15 Decreto Supremo N° 154-2001-EF Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal 2.16 Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG Modifican diversas Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público. 2.17 Resolución Nº 080-2000-CONSUCODE/PRE Que aprueba la Directiva Nº 006-2000-CONSUCODE, que establece pautas para la presentación de garantías. 2.18 Resolución Nº 126-2000-CONSUCODE/PRE Modifica el anexo de la Directiva Nº 006-2000-CONSUCODE, que contiene la relación actualizada de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros para otorgar cartas fianza y/o pólizas de caución. 2.19 Resolución Nº 019-2001-CONSUCODE/PRE Que aprueba la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE sobre formalización de consorcios a los que se haya otorgado la Buena Pro en procesos de selección sujetos a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento 2.20 Resolución Nº 114-2001-CONSUCODE/PRE Que aprueba la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE que establece procedimiento para remisión de actuados de las observaciones formuladas a las bases de procesos de selección que no hayan sido acogidas por los Comités Especiales. 2.21 Resolución Nº 185-2001/CONSUCODE/PRE Modifican el Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado. 2.22 Acuerdo N° 017/010 del Tribunal de CONSUCODE por el que se determina los criterios referidos a la formulación de las propuestas económicas.
TITULO III: CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN:
3.1. Convocatoria: Se realizará mediante invitación de al menos 3 proveedores del rubro, notificación a PROMPYME y publicación en la página Web de MINCETUR: www.mincetur.gob.pe
3.2. Fecha de Convocatoria: : Día 23 de noviembre de 2004
3.3. Venta de Bases : Del 24 de noviembre al 03 de diciembre de 2004
A. Precio de Venta : S/. 15.00 (Quince y 00/100 Nuevos Soles) B. Forma de Pago : Al contado en efectivo. C. Lugar de venta : Sub Dirección de Tesorería (Pagaduría) Calle Uno Oeste Nº050, piso 1 Urb. Córpac, San Isidro. D. Horario de atención : De 08:30 a 16.30 horas. De Lunes a Viernes E. Entrega de Bases : Oficina de Trámite Documentario. De 08:30 a 16.15 horas. De Lunes a Viernes
3.4. Consultas y observaciones a las Bases : Del 24 al 26 de noviembre del 2004
El adquirente de Bases podrá formular consultas respecto al contenido de las Bases (Art. 27º de la LEY y 51º del REGLAMENTO). Así mismo podrá formular observaciones (Art. 28º de la LEY, Art. 52º del REGLAMENTO) las cuales deberán estar referidas al incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Art. 25º de la LEY o de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado. Las Consultas y/u Observaciones se efectuarán por escrito (según Anexo J), dentro del plazo señalado (Art. 87° y 88º del REGLAMENTO) y estarán dirigidas al Presidente del Comité Especial Permanente y presentadas en la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de MINCETUR, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 050 piso 10, Urb. Córpac, San Isidro, en el horario de 08:30 a 13.30 horas, de lunes a viernes.
Asimismo, las consultas y/o observaciones deberán ser presentadas adjuntando un diskette con el archivo correspondiente en formato Word, de acuerdo al anexo F de las Bases.
El Comité Especial evaluará las observaciones presentadas por los adquirientes de las Bases en un plazo máximo de tres (03) días. Si acoge las observaciones, notificará su decisión a todos los adquirientes dentro del día siguiente de adoptada.
En caso que el Comité Especial no acoja las observaciones formuladas las elevará junto con un informe técnico al CONSUCODE, el mismo que resolverá en última instancia, dentro de los plazos establecidos en el Reglamento. El CONSUCODE notificará su pronunciamiento al Comité Especial, de conformidad a lo establecido en el artículo 24º del Reglamento. Las Observaciones que no sean acogidas por el Comité Especial, serán notificadas al adquiriente de las Bases observante para que dentro de las 48 horas cancele la tasa correspondiente de acuerdo a lo dispuesto por la Directiva No 013-2001-CONSUCODE/PRE, de fecha 05 de julio del 2001 "Procedimiento para la Remisión de los actuados de las Observaciones a las Bases Formuladas por los Adquirientes que no hayan sido acogidas por los comités Especiales".
En este caso se deberá atender a lo siguiente:
a) La obligación del pago de la tasa por parte del adquiriente de Bases se origina cuando las observaciones que hubiese formulado no son acogidas por el respectivo Comité Especial, y éste está obligado a remitirlas al CONSUCODE. b) Dentro de las 24 horas del plazo a que se contrae el tercer párrafo del artículo 78º y el tercer párrafo del artículo 88º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presidencia del Comité Especial deberá oficiar el adquiriente de Bases cuya observación no haya sido acogida, para que cumpla con cancelar la tasa que para dicho concepto prevé el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE. c) El adquiriente de las Bases observante deberá cumplir con el pago de la tasa a su cargo y remitir al Comité Especial el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito respectivo, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepción del oficio de requerimiento. d) El adquiriente de las Bases domiciliado en Lima, deberá efectuar el pago en las oficinas del CONSUCODE y recabar el comprobante de pago correspondiente. e) El adquiriente de bases domiciliado en provincias, deberá efectuar el pago en la cuenta corriente No 0000283061 en el Banco de La Nación, a nombre del CONSUCODE y recabar el voucher o papeleta de depósito correspondiente. f) En caso de que el adquiriente de Bases observante no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo, dentro del plazo señalado en el numeral c) anterior, la presidencia del Comité Especial aplicará lo prescrito en el Artículo 125º de la Ley No 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, teniendo por no presentadas las observaciones no acogidas.
Una vez acogidas o resueltas, en su caso, todas las observaciones, o si éstas no se han presentado dentro del plazo indicado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna.
Integradas las Bases, el Comité Especial es el único autorizado para interpretarlas.
3.5. Absolución de Consultas : El 30 de noviembre de 2004 Será efectuada por escrito y notificada a los adquirientes de las Bases (Art. 87° del REGLAMENTO), sin perjuicio de lo cual, éstos podrán recogerla en la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de MINCETUR, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 050 piso 10, Urb. Córpac, San Isidro, en el horario de 08.30 a 16.15 horas.
3.6. Integración de las Bases : El 02 de diciembre de 2004 Integradas las Bases, el Comité Especial es el único autorizado para interpretarlas.
3.7. Presentación de Propuestas : El 09 de diciembre de 2004 En la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de MINCETUR ubicado en el piso 10 de la Sede Central, sito en la calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac, San Isidro en el horario de 8:30 a 13.30 horas.
3.8. Adjudicación de la Buena Pro : El 10 de diciembre de2004
TITULO IV: REQUISITOS PARA SER POSTOR:
4.1. Cualquier persona natural o jurídica legalmente constituida, inscrita en Registros Públicos, que tenga por objeto la prestación de servicios materia de la presente adjudicación.
4.2 Su participación implica pleno sometimiento y cumplimiento a lo establecido en las presentes Bases, sus Anexos, Absolución de Consultas y observaciones, la Integración de las Bases, y a las disposiciones contenidas en la LEY, su REGLAMENTO y normas complementarias; y de la interpretación que de las Bases Integradas efectúe el Comité Especial en armonía con el Art. 53º del REGLAMENTO.
La participación de Consorcios deberá sujetarse a lo señalado en el Art. 37º de la LEY y Art. 19º y Art. 207º de EL REGLAMENTO, así como lo dispuesto en la Directiva N° 003-2003-CONSUCODE/PRE.
4.3. No estar comprendido en ninguna de las prohibiciones previstas en el Art. 9º de la LEY.
4.4. Haber adquirido las Bases de la presente Adjudicación. En caso de Consorcios, será de aplicación lo dispuesto en el Art. 47º del REGLAMENTO.
TITULO V: CONDICIONES DE CARACTER TECNICO-ECONOMICO
5.1. VALIDEZ DE LA OFERTA: El postor deberá mantener su oferta durante todo el proceso de selección, el mismo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 17º de EL REGLAMENTO culmina con la suscripción del Contrato respectivo o perfeccionamiento de éste; en caso de resultar favorecido en la Buena Pro (Art. 56° literal d) del REGLAMENTO).
5.2 COMPOSICION DEL MONTO TOTAL DE LA PROPUESTA ECONOMICA: Los postores presentarán sus propuestas económicas incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda incidir en el costo del bien a adquirir.
5.3 LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO:
5.3.1 La actualización de las licencias y el soporte técnico deberá coordinarse con la Oficina de Informática de la Oficina General de Informática y Estadística de MINCETUR.
5.4 REQUERIMIENTO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO:
5.4.1 Las especificaciones técnicas referidas a la prestación del servicio se detallan en el Anexo C, el postor presentará una oferta integral, siendo éstas, condiciones o características mínimas de cumplimiento obligatorio, por lo tanto, las propuestas pueden superarlas.
5.5 CONFORMIDAD DE RECEPCION Y CONDICIONES BASICAS:
5.5.1 La conformidad se sujeta a lo dispuesto en el Art. 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; será extendida por la Oficina de Informática de la Oficina General de Informática y Estadística de MINCETUR. La conformidad de recepción estará referida a los siguientes aspectos: " Verificación de la correspondencia entre el software y el detalle de las Especificaciones Técnicas incluidas en la propuesta adjudicada, así como las condiciones señaladas en las presentes Bases. " Constatación de la entrega de los Certificados de Licencia de Uso (de acuerdo a las Especificaciones Técnicas).
5.5.2 La conformidad de recepción, no invalida el reclamo posterior por parte de MINCETUR por defectos o vicios ocultos, fallas, u otras situaciones anómalas.
5.5.3 El servicio de soporte debe considerar la instalación, actualización, configuración y puesta en producción de la solución ofertada hasta dejar 100% operativa la red de MINCETUR.
5.5.4 El contratista está obligado a comunicar a la Oficina General de Informática y Estadística de MINCETUR dentro del plazo de 02 (DOS) días calendario posteriores a la recepción de la orden de servicio, los requisitos mínimos necesarios para realizar la adecuada puesta en servicio del software; de no hacerlo quedará bajo responsabilidad del contratista las demoras en la que incurra o cualquier desperfecto o daño en la entrega así como los gastos que acarrean esta omisión. El contratista es el único responsable ante MINCETUR de cumplir con la prestación del servicio, en las condiciones establecidas en las presentes Bases, no pudiendo transferir esas responsabilidades a otras entidades o terceros en general.
5.6 FORMA DE PAGO:
5.6.1 El pago se realizará al contado en nuevos soles, al tipo de cambio oficial de la fecha de emisión de la orden de servicio, dentro del plazo de 15 (QUINCE) días hábiles luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, incluyendo en ésta la conformidad de instalación.
5.6.2 EL servicio ofertado incluirá todos los costos; es decir, los gastos de importación, transporte interno, seguros y otros adicionales hasta la prestación final. Por lo tanto, MINCETUR no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El precio ofertado no estará sujeto a reajuste alguno.
TITULO VI: PRESENTACION DE PROPUESTAS
6.1 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS:
6.1.1 La información presentada así como la foliación de las páginas no podrá tener borraduras, enmendaduras, tachaduras o corrección alguna. 6.1.2 Las Propuestas Técnicas y Económicas se presentarán en forma legible, mecanografiada o impresa por computadora y en idioma español, en dos sobres cerrados. 6.1.3 La Propuesta Económica debe estar expresada en dólares americanos y deberá contener obligatoriamente la información mínima solicitada en el Anexo E y las definidas en los numerales 5.1 y 5.2 de las Bases. 6.1.4 Todas las páginas que contengan información, texto o gráfico de cualquier tipo, deberán encontrarse debidamente numeradas. En caso que una página contenga información, texto o gráfico en ambas caras, siempre llevará una sola numeración en el anverso. Cada una de las páginas presentadas en las propuestas, deberá llevar el sello y la rúbrica del postor. La última hoja será firmada por el postor o su representante legal o mandatario designado para tal efecto (Art. 55° del REGLAMENTO). 6.1.5 Todos los documentos solicitados en los numerales 6.2 y 6.3 de las presentes Bases deberán cumplir obligatoriamente con las características y requisitos formales requeridos para ser objeto de la evaluación correspondiente. 6.1.6 Se deberá presentar, la respectiva propuesta en dos (02) sobres cerrados y en idioma español:
-
Propuesta Técnica (Sobre N° 1) Adjudicación Directa Selectiva N° 0005-2004-MINCETUR/CE Nombre o razón social del postor: ……….
-
Propuesta Económica (Sobre N° 2) Adjudicación Directa Selectiva N° 0005-2004-MINCETUR/CE Nombre o razón social del postor: ……….
6.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TECNICA (SOBRE Nº 1) (Art. 61º del Reg.): Es obligatoria la presentación del Sobre Nº 1 por cada item al cual postule, conteniendo los siguientes documentos. Se deberá presentar ofertas en original:
a) Índice de los documentos que contiene el Sobre. Dicho índice deberá indicar en forma clara y precisa el número de página donde se ubica cada documento. b) Declaración Jurada de Identificación del Postor, conforme al modelo del Anexo A de las presentes Bases, con su firma o la de su representante legal (en caso de persona jurídica) que cuente con los poderes y facultades de representación suficientes. Para los postores que participen en Consorcio, cada empresa que integre el Consorcio deberá presentar la presente Declaración Jurada. c) Declaración Jurada del Postor de acuerdo a lo establecido en el Art. 56° del REGLAMENTO conforme al modelo Anexo B de las presentes Bases. d) Oferta Técnica (Obligatoria) Deberá considerar las especificaciones técnicas y características señaladas en el Anexo C. El postor podrá señalar características adicionales del servicio ofertado. e) Documentación que acrediten prestaciones relacionadas con el objeto de la convocatoria (copia simple). Contratos y/o facturas y/o Ordenes de Servicio suscritos con instituciones o entidades referidas al Licenciamiento y servicio de Soporte Técnico en productos Oracle, hasta por un número máximo de diez (10) documentos, con una antigüedad de fecha de suscripción o emisión no mayor de dos (02) años, contados a partir de la fecha de presentación de propuestas. Finalmente, las facturas y/o Órdenes de Servicio, no deberán estar ligadas a los contratos para ser tomadas en cuenta y en caso de que el postor presentara más de 10 documentos, sólo se considerarán los 10 primeros. No se consideraran Contratos y/o facturas y/o Ordenes de servicio que no correspondan al item al cual postula.
Constancias de calidad de servicio, conforme al modelo Anexo G, emitidas por los clientes, hasta por un número máximo de cinco (05) constancias, las cuales deberán estar relacionadas a los contratos y/o facturas y/o Órdenes de servicio presentados según párrafo anterior. Las constancias que no se relacionen con dichos contratos y/o facturas y/o Órdenes de Servicio o no correspondan a los 10 primeros contratos y/o facturas, y/o Órdenes de servicio no serán consideradas para la evaluación. La antigüedad de dichas constancias no será mayor a dos (02) años contados a partir de la fecha de presentación de propuestas.
f) Carta de representación o de distribuidor autorizado (original o copia simple, vigente a la fecha) Para el caso de representación, deberá presentar documento otorgado por el fabricante o dueño de la marca (sólo para postores que no fabrican ni son dueños de la marca). Con vigencia a la presentación de propuestas y deberá estar a nombre del postor. Para el caso de distribuidor autorizado, deberá presentar documento que lo acredite como tal, emitido por el representante del fabricante sólo para los bienes ofertados producidos en el extranjero. g) Declaración Jurada de ser Pequeña o Micro empresa ( de ser el caso).Según Anexo I h) Declaración de no utilizar recursos provenientes del tesoro público (de ser el caso), según Anexo J. i) Pacto de Integridad Anexo L, debidamente firmado por el representante legal de la empresa postora. El Comité especial firmara este documento durante la revisión de los sobres 1-Propuesta Técnica. j) Promesa formal de Consorcio (Original). De ser el caso. Según modelo del Anexo K. Suscrito por cada uno de los representantes legales si fuese el caso de personas jurídicas o directamente si se trata de personas naturales. (Sólo para el caso de postores que participen en consorcios con otros). k) Declaración Jurada de servicios prestados dentro del territorio nacional (original) De ser el caso. Según el modelo del Anexo H
En el caso de consorcios, los datos exigidos en los literales b), c), g), h) e i) se presentarán por cada una de las empresas que lo conforman.
6.3 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONOMICA (SOBRE Nº 2) (Art. 61º del REGLAMENTO):
La propuesta económica - Sobre Nº 2 deberá contener lo siguiente: a) Índice de los documentos que contiene el Sobre, el cual deberá indicar en forma clara y precisa el número de página donde se ubica cada documento. b) Documento formulando la Propuesta Económica de la empresa postora según Anexo I, indicando el monto total de la Propuesta presentada. El precio será expresado en Dólares americanos y deberá incluir todos los tributos, seguros, transportes, pruebas, inspecciones y cualquier otro concepto que pueda incidir en el costo del servicio. Se considerará como máximo 2 decimales.
TITULO VII: RECEPCION DE PROPUESTAS:
7.1 Los postores presentarán su propuesta en sobres cerrados en el lugar y fecha señalados en el calendario del proceso de selección.
TITULO VIII: EVALUACION DE PROPUESTAS Y ADJUDICACION DE LA BUENA PRO
8.1 La evaluación de las propuestas se realiza en acto privado.
8.2 La evaluación de las propuestas técnicas considerará los factores técnicos descritos en el anexo D. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo admisible establecido en el mencionado anexo, serán desestimadas y descalificadas; no procediendo la evaluación de la correspondiente propuesta económica.
8.3 La evaluación de las propuestas económicas se efectuarán según lo descrito en el anexo D. Las propuestas que excedan en más de diez por ciento (10%) del valor referencial, es decir US $8,068.41 (Ocho mil sesenta y ocho con 41/100 dólares americanos) y las que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial, es decir US $5,134.44 (Cinco mil ciento treinta y cuatro con 44/100 dólares americanos), se tendrán por no presentadas.
8.4 El Comité Especial incorporará al cuadro comparativo el puntaje del factor precio (Anexo D). La Buena Pro se otorgará a la propuesta que obtenga el mejor costo total, el cual equivale al mayor puntaje total.
8.5 De existir empate entre dos (02) o más Propuestas en el Puntaje Total, la Buena Pro se otorgará según el orden establecido en el Art. 73º del REGLAMENTO.
8.6 El otorgamiento de la Buena Pro es irrevocable para los postores que resulten favorecidos, el desistimiento de las obligaciones que se deriven del otorgamiento faculta al MINCETUR a invocar y aplicar en cautela de sus intereses, las sanciones establecidas en los dispositivos legales pertinentes.
8.7 El Otorgamiento de la Buena Pro será notificada a todos los postores participantes en el proceso y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME
TITULO IX: DEL CONTRATO:
9.1 CONDICIONES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
9.1.1 Consentido el otorgamiento de la Buena Pro o si ésta ha quedado administrativamente firme, el postor ganador o su representante debidamente autorizado, deberá cumplir con la suscripción del respectivo contrato, según proforma del Anexo M. Para tal efecto, se le citará con cinco (05) días hábiles de anticipación, señalando una fecha que no podrá exceder a los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que quedó consentido el otorgamiento de la Buena Pro.
En caso que el postor ganador no se presente en el día previsto, será de aplicación lo establecido en el artículo 118° numeral 3 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
9.1.2 Es requisito previo e indispensable para la suscripción del Contrato, que el Postor que obtuvo la Buena Pro presente la documentación solicitada en numeral 9.2 de las presentes Bases. En caso de Consorcio deberá presentarse, adicionalmente, la copia del contrato de formalización de consorcio, perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Público, designando en dicho documento al representante o apoderado común
9.2 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:
El postor favorecido con la Buena Pro, debe presentar a la suscripción del contrato los siguientes documentos (Art. 40º de la LEY y Arts. 121º y 122º del REGLAMENTO):
9.2.1 Constancia de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado, emitida por el CONSUCODE (Art. 118º de la LEY).
9.2.2 Contrato de formalización de consorcio, perfeccionado mediante documento privado con firmas legalizadas de cada uno de sus representantes legales ante Notario Público, designando en dicho documento al representante o apoderado común. (Sólo para el caso de postores que participen en consorcio)
9.2.3 Certificado de Vigencia de Poderes del representante legal de la empresa, expedido por la Oficina de Registros Públicos.
TITULO X: DISPOSICIONES FINALES
10.1 Queda claramente establecido que como consecuencia de la Buena Pro adjudicada al postor ganador, MINCETUR no asumirá responsabilidad de ninguna clase, respecto a todas o cada una de las obligaciones que corresponden a dicho postor, sean de carácter laboral, social, tributario, administrativo, civil o de cualquier otro origen.
10.2 En todo lo no previsto en las presentes Bases, serán de aplicación la LEY, su REGLAMENTO, sus modificatorias y la jurisprudencia de obligatoria observancia emitida por el CONSUCODE.
10.3 En caso que el Postor favorecido incumpla con alguna obligación asumida en virtud del Contrato suscrito o de la presentación de la documentación solicitada en las presentes Bases, MINCETUR podrá resolver el Contrato de conformidad a lo establecido en los Arts 41º y 45° de la LEY y Arts. 137°, 143º y 144º de EL REGLAMENTO y demás normas resolutorias, sin perjuicio de la penalidad prevista en el Art. 142º de EL REGLAMENTO.
10.4 La presentación de documentos falsos o declaraciones juradas con información inexacta, igualmente será sancionada de acuerdo al Art. 205° del REGLAMENTO.
San Isidro, Noviembre del 2004 COMITE ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
ANEXO A
DECLARACIÓN JURADA DE IDENTIFICACION DEL POSTOR |
El que se suscribe, Representante Legal de......................................................, identificado con D.N.I. Nº......................, con poder inscrito en la localidad de................... en la Ficha Nº............ Asiento Nº..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social |
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Domicilio Legal |
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R.U.C. |
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Teléfono |
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Fax |
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Capital Social |
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Objeto Social |
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Notaría |
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R E G I S T R O D E P E R S O N A S J U R I D I C A S |
Localidad |
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Ficha |
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Asiento |
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Fecha de Inscripción |
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Fecha de inicio de actividades económicas |
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Nombres y Apellidos |
L. Electoral |
Participación % |
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Cargo |
Nombres y Apellidos |
L. Electoral |
Presidente |
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Vice-Presidente |
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Director |
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Municipalidad |
Nº de Licencia de Funcionamiento |
Fecha |
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Participa en Consorcio dentro de la ADS Nº 0005-2004-MINCETUR/CE |
SI |
NO |
Nombre de las Empresas que participan en consorcio |
Empresa Nº 1 |
Empresa Nº 2 |
Empresa Nº 3 |
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Lima,... de...………...... del 2004
------------------------------------------------------------------------------------------------------ Nombre y firma del Postor, su Representante Legal o Mandatario o Representante (en el caso de Consorcio)
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
ANEXO B
DECLARACION JURADA - ART. 56º DEL REGLAMENTO (MODELO)
Yo,…………………………………………………………………………………………., representante legal de……………………………………………………………, DECLARO BAJO JURAMENTO:
a) Que mi representada no tiene impedimento para participar en el proceso de selección, ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 9° de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PCM. b) Que mi representada conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. c) Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del presente proceso de selección. d) Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección, y a suscribir el Contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. e) Que conoce las sanciones contenidas en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PCM, su REGLAMENTO y modificatorias, así como en la Ley N° 27444: Ley del Procedimiento Administrativo General.
Lima, de de 2004
-------------------------------------------------------------------------------------------------------- Nombre y firma del Postor, su Representante Legal o Mandatario o Representante (en el caso de Consorcio)
ANEXO C
ESPECIFICACIONES TECNICAS Y REQUERIMIENTOS |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
TERMINOS Y CONDICIONES
Soporte técnico: El servicio anual de soporte
técnico se proporciona conforme a las políticas de soporte técnico de Oracle. El acceso puede ser a través de la siguiente dirección electrónica: http://oracle.com/support/index.html?policies.html. El servicio anual técnico está compuesto de actualizaciones (Update Subscription Service) y soporte de productos (Product Support). Las tarifas de los servicios de soporte técnico deberán pagarse anualmente y por anticipado. El servicio de soporte tendrá una vigencia de 01 año.
Todos los productos y su correspondiente documentación se entregan en medios ópticos (CD-ROM).
SERVICIOS
-
Soporte de producto en español (24 hrs x 7 días)
-
El soporte al producto brinda los siguientes componentes:
1. Asistencia telefónica a los problemas y preguntas de los clientes a través de los centros locales de soporte, reforzada con la experiencia de los centros mundiales de soporte Oracle. Disponible a través de números gratuitos las 24 horas del día, los 7 días de la semana. 2. Derechos de transferencia de plataforma. 3. Support Notes 4. Oracle Metalink: acceso a los repositorios técnicos de Oracle Woldwide Customer Support vía Web. 5. Informes periódicos de la actividad de sus llamadas para promover la prevención de los problemas. 6. Versiones de mantenimiento de productos.
Item |
Descripción |
|
Tipo de licencia |
Cantidad procesadores |
P. U. $ |
P. Total $ |
1 |
Licenciamiento |
Oracle Database Standard One Edition |
Procesador |
1 |
5,944.05 |
5,944.05 |
Soporte |
Soporte y actualización anual |
|
|
1,307.69 |
1,307.69 |
CD Pack |
|
|
83.18 |
83.18 |
|
|
|
|
|
|
7,334.92 |
ANEXO D
FACTORES DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
La evaluación de las propuestas se efectuará en 2 (DOS) etapas: Evaluación Técnica y Evaluación Económica. (Máximo 100 puntos).
A. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (Puntaje Máximo 100 Puntos)
La evaluación técnica comprende dos (02) etapas:
1. ADMISIÓN: Se verificará si la propuesta cumple con los requerimientos del Anexo C y si presenta los documentos solicitados (numeral 6.2 de las Bases), de lo contrario la propuesta será desestimada.
2. CALIFICACIÓN: Se asignará puntaje a la propuesta, de acuerdo a los criterios que se señalan a continuación:
2.1 EXPERIENCIA DEL POSTOR (Puntaje Máximo 50 Puntos)
De acuerdo a lo indicado en el numeral 6.2 e) contratos y/o facturas y/o Ordenes de Servicio de las presentes bases. El puntaje se hará sobre la base de la suma de los montos de los contratos y/o facturas y/o Ordenes de Servicio celebrados durante el período indicado de acuerdo al siguiente cuadro. No se aceptarán declaraciones juradas.
SUMA DE LOS MONTOS DECONTRATOS Y/O FACTURAS |
PUNTAJE TOTAL |
Mayor S/. 35,000 |
50 Puntos |
Mayor a S/. 30,000 hasta S/. 35,000 |
45 Puntos |
Mayor a S/. 25,000 hasta S/. 30,000 |
40 Puntos |
Igual o menor al S/. 25,000 |
35 Puntos |
2.2 CONSTANCIA CALIDAD DE SERVICIO Puntaje Máximo 50 Puntos)
Se evaluarán las Constancias de Calidad presentadas según lo indicado en el punto 6.2 e) de las Bases.
CONSTANCIA DE CALIDAD DE SERVICIO |
PUNTAJE MAXIMO |
Por cada Constancia con calificación EXCELENTE/MUY BUENO |
10 Puntos |
Por cada Constancia con calificación BUENO |
9 Puntos |
Por cada Constancia con calificación REGULAR |
40 Puntos7 Puntos |
Para participar en la etapa de la evaluación económica, las propuestas deberán alcanzar en la evaluación técnica el puntaje mínimo de 80 (OCHENTA) puntos, caso contrario serán descalificadas no procediendo a evaluarse la correspondiente propuesta económica.
B. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (Puntaje Máximo: 100 puntos)
Las propuestas económicas que excedan en más de diez por ciento (10%) del valor referencial, es decir US $8,068.41 (Ocho mil sesenta y ocho con 41/100 dólares americanos) y las que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial, es decir US $5,134.44 (Cinco mil ciento treinta y cuatro con 44/100 dólares americanos), se tendrán por no presentadas La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo a la oferta económica de menor costo. Al resto de las propuestas se le asignará puntaje según la siguiente función:
Pi = 2 ( PMPE ) - ( Oi / Om ) x PMPE
Donde: Pi = Puntaje de la oferta económica i Oi = Oferta Económica i Om = Oferta Económica de costo o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica i = Propuesta
Cuando el puntaje de la oferta económica resultase negativo, deberá mantenerse como tal para el cálculo del Costo Total, el cual será calculado hasta el tercer decimal.
DETERMINACION DEL PUNTAJE TOTAL
PUNTAJE TOTAL = PTPi= 0.60PTi +0.40PEi
Donde: PTPi: Costo total del postor i PTi: Puntaje por Evaluación técnica del postor i PEi: Puntaje por Evaluación económica del postor i
PUNTAJE ADICIONAL En aplicación de la Ley N° 27633 que modifica la Ley N° 27143 "Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional", sus normas modificatorias y complementarias; se agregará un 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por servicios prestados dentro del territorio nacional.
ANEXO E
HOJA DE PROPUESTA ECONOMICA |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
POSTOR |
|
ITEM |
|
DESCRIPCIÓN |
|
MONTO TOTAL DEL ITEM (Incluye IGV) S/. |
|
Lima,....... de........................... de 2004
--------------------------------------------------------------------------------------------------- Nombre y firma del Postor, su Representante Legal o Mandatario o Representante (en el caso de Consorcio)
ANEXO F
FORMATO DE PRESENTACIÓN DE CONSULTA (OBSERVACIÓN) |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
Marcar lo que corresponda: |
CONSULTA |
|
OBSERVACION |
|
1. EMPRESA (Nombre o Razón Social) |
|
REFERENCIA(S) DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS |
Numeral(es): Anexo(s): Página(s): |
|
3. ANTECEDENTES / SUSTENTO |
|
4. CONSULTA Y/U OBSERVACIONES |
|
Nota:. Se deberá adjuntar 1 diskette.
Lima, ……………………….de 2004
---------------------------------------------------------------------------------------------- Nombre y firma del Postor, su Representante Legal o Mandatario o Representante (en el caso de Consorcio)
ANEXO G
CONSTANCIA DE CALIDAD DE SERVICIO |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
Por el presente documento dejamos constancia que la empresa (razón social del Postor o Consorcio), nos ha prestado el servicio de Licenciamiento y Soporte Técnico en Productos Oracle, correspondiente a : Descripción del servicio
Dicho servicio lo calificamos como:
Excelente o Muy Bueno ( …. ) Bueno ( …. ) Regular ( …. )
Periodo de prestación del servicio: (Indicar el periodo: Del xx.xx.xx al xx.xx.xx)
Se expide la presente constancia con el carácter de DECLARACION JURADA, a solicitud de la empresa interesada, para su participación en los procesos de selección que sean convocados por entidades del Sector Público.
San Isidro, de de 2004.
…………………..……………….............……..............................…… Razón Social de la Persona Jurídica que otorga la Constancia Nombres, Apellidos y cargo del Funcionario autorizado (Gerencia, Area de Administración, de Logística o similar).
De la empresa que otorga la constancia Nº de RUC: ………………….. Nº de Teléfono : ..…………... Nº de Facsímil : …………….. Dirección: ………………………………………………………………………….
Nota: Las constancias emitidas por los clientes, si bien podrán no ser exactamente iguales al presente modelo, deberán contener la información requerida.
ANEXO H
DECLARACION JURADA DE SERVICIOS PRESTADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
El que se suscribe, don ……………….., identificado con DNI Nº ……………….. Representante Legal de ……………….., con R.U.C. Nº ……………….., DECLARO BAJO JURAMENTO que los servicios ofrecidos en la Adjudicación Directa Selectiva Nº ……………….. serán prestados dentro del territorio nacional, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 003-2001-PCM.
Lima, ....... de ........................... del 2004
------------------------------------------------------------------------------------------------------- Nombre y firma del Postor, su Representante Legal o Mandatario o Representante (en el caso de Consorcio)
ANEXO I
DECLARACIÓN JURADA DE SER PEQUEÑA O MICROEMPRESA |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
El que se suscribe, don …………………………………………, identificado con Documento de Identidad Nº................. Representante Legal de............................................................., con R.U.C. Nº………………… DECLARO BAJO JURAMENTO que la empresa que represento es una.......................... (Pequeña o microempresa), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 28015 "Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 009-2003-TR.
Lima,....... de........................... de 2004
---------------------------------------------------------------------------------------------- Nombre y firma del Postor, su Representante Legal o Mandatario o Representante (en el caso de Consorcio)
ANEXO J
DECLARACIÓN JURADA DE NO UTILIZACIÓN DE RECURSOS PROVENIENTES DEL TESORO PÚBLICO |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
El que se suscribe, don …………………………………………, identificado con Documento de Identidad Nº................. Titular de la Entidad........................................................., con R.U.C. Nº………………… DECLARA BAJO JURAMENTO:
Que la Institución no utilizará recursos provenientes del Tesoro Público para la ejecución de las prestaciones derivadas del contrato, en caso resulte ganador de la Buena Pro.
(Sólo para el caso que el postor fuese una de la Entidades a las que se refiere el Artículo 2° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado).
Lima,....... de........................... de 2004
........................................................................ Firma y sello del Titular de la Entidad
ANEXO K
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO |
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
Los que suscriben, don .......…………......................….........., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante Legal de .................………...........….........., con R.U.C. N° ........................; y don .......…………......................….........., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante Legal de .................………...........….........., con R.U.C. N° ........................ DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que nuestras representadas participan consorciadas en el ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE, y de ser adjudicadas con la Buena Pro, nos comprometemos luego de que el otorgamiento quede consentido, a formalizar el contrato de consorcio, según lo establece la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE aprobada mediante Resolución Nº 019-2001-CONSUCODE/PRE.
Lima,....... de........................... del 2004
---------------------------------------------------------------- Firma y sello del Representante Legal |
---------------------------------------------------------------- Firma y sello del Representante Legal |
Empresa: |
Empresa: |
ANEXO L
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
El Comité Especial de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 005-2004-MINCETUR/CE y el Representante Legal de…………………………………………….. suscriben el presente Pacto de Integridad a través del cual:
El Postor declara no haber ofrecido u otorgado, ni ofrecerá u otorgará en el futuro, directamente o a través de terceros, ningún pago o beneficio o ventaja a funcionario público alguno o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de la Adjudicación Directa Pública. Además, declara no haber celebrado y no tener intención de celebrar en el futuro, acuerdos formales o tácitos, con los demás postores o con terceros con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia.
Por su parte, los integrantes del COMITÉ ESPECIAL designados por Resolución Secretarial, asumimos el compromiso de evitar cualquier extorsión, así como la aceptación de sobornos tales como donativos, promesas o cualquier otra ventaja de parte de los postores, con el fin de influir en nuestra decisión.
El incumplimiento del presente PACTO genera la inhabilitación de contratar con el Estado sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que resulten pertinentes.
San Isidro,
---------------------------------------------------------------- Representante Legal de la Empresa |
---------------------------------------------------------------- Presidente Comité Especial Permanente |
|
---------------------------------------------------------------- Titular Comité Especial Permanente |
|
---------------------------------------------------------------- Titular Comité Especial Permanente |
ANEXO M
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0005-2004-MINCETUR/CE
"LICENCIAMIENTO Y SOPORTE TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORACLE"
Conste por el presente documento, que se extiende por duplicado, el contrato de Prestación de Servicios, que celebra de una parte MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, con RUC N° 20504774288, domiciliado en la Calle Uno Oeste Nº 050-060, 10 Piso, Urb. Córpac, San Isidro, representado por su Director General de Administración, identificado con DNI Nº , a quien en adelante se denominará MINCETUR; y de la otra parte, (Razón Social o denominación de la empresa que obtuvo la Buena Pro) con RUC Nº , domiciliada en , con teléfono N° , representada por (nombre del Representante Legal de la empresa), identificado con DNI Nº . Según poder inscrito en del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima, a quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA. Las partes acuerdan contratar en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRELIMINAR.- MINCETUR es un organismo administrativo del Poder Ejecutivo, cuyo ámbito de competencia se rige principalmente por el decreto Legislativo Nº 560, su Ley de Organización y Funciones aprobada por Ley Nº 27789 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-MINCETUR.
EL CONTRATISTA es una persona natural o jurídica que tiene por objeto la prestación de servicios en el rubro materia de la presente adjudicación y que opera en el país de acuerdo a las normas legales vigentes. El presente contrato se rige por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, supletoriamente por el Código Civil y las normas que le sean aplicables.
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO Y PLAZO CONTRACTUAL MINCETUR contrata el servicio de Licenciamiento y soporte técnico para los productos Oracle de EL CONTRATISTA en mérito al Otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº0005-2004-MINCETUR/CE, con sujeción a las Bases integradas, propuesta técnica y económica del postor e importe que se fija en el anexo adjunto que forma parte del presente contrato, por un período de 12 meses.
CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD Contratar el servicio de Licenciamiento y soporte técnico para los productos Oracle de MINCETUR.
CLÁUSULA TERCERA: LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO Por medio del presente contrato EL CONTRATISTA se compromete a prestar el servicio a MINCETUR de Licenciamiento y Soporte Técnico de los Productos Oracle a que hace referencia la Cláusula Primera, en el lugar, fecha y condiciones que precisará la respectiva Orden de Servicio.
CLÁUSULA CUARTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases Integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA QUINTA: CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES EL CONTRATISTA no podrá transferir total o parcialmente y los derechos y/u obligaciones que se deriven del presente contrato. Es de su responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones fijadas en el contrato y en los documentos que lo conforman.
CLÁUSULA SEXTA: DECLARACIÓN JURADA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO DEL SERVICIO EL CONTRATISTA prestará el servicio dentro de los 5 (CINCO) primeros días luego de emitida la orden de servicio. El periodo d vigencia del servicio de Soporte será de 01 año.
CLÁUSULA OCTAVA: RECEPCION Y CONFORMIDAD La recepción y conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Art. 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La conformidad de recepción es de responsabilidad de la Oficina de Informática de la Oficina General de Informática y Estadística.
En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente no mayor de 2 (DOS) días calendario para su subsanación. Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, MINCETUR considera que no se han subsanado a cabalidad las observaciones formuladas, MINCETUR podrá resolver el contrato. EL CONTRATISTA está obligado a brindar todo tipo de facilidades para que MINCETUR cuando lo considere necesario, por sí o por terceros, efectúe inspecciones (físicas o documentarias) en sus locales o instalaciones y se pueda verificar el cumplimiento del compromiso adquirido para la entrega de los bienes.
CLÁUSULA NOVENA: RECLAMOS POR DEFICIENCIAS La conformidad de recepción del servicio no invalida el reclamo posterior por parte de MINCETUR por defectos o vicios ocultos.
CLÁUSULA DÉCIMA: FORMA DE PAGO MINCETUR se obliga a realizar el pago en nuevos soles, al tipo de cambio oficial de la fecha de emisión de la orden de servicio, a EL CONTRATISTA, dentro del plazo de 15 (QUINCE) días hábiles luego de la entrega y la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, incluyendo la conformidad de recepción. El servicio ofertado incluirá todos los costos; es decir, los gastos de importación, transporte interno, seguros y otros adicionales hasta la entrega final. Por lo tanto MINCETUR no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. Es requisito de pago que EL CONTRATISTA haya cumplido con la entrega total de lo indicado en la Orden de Servicio.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MINIMOS ADMINISTRATIVOS
EL CONTRATISTA a la firma del presente Contrato, hace entrega al MINCETUR, de la siguiente documentación:
-
Constancia de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado, emitida por el CONSUCODE.
-
(De ser el caso) Declaración Jurada de Fiel Cumplimiento de Contrato
-
Certificado de vigencia de poderes, expedido por Registros Públicos.
-
(De ser el caso) Contrato de Consorcio.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, MINCETUR le aplicará a EL CONTRATISTA en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total contratado en el ítem. La penalidad se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = |
0.05 x Monto del Ítem |
|
F x Plazo en días |
Donde: F = 0.40
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, MINCETUR podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir; asimismo, procederá a comunicar este hecho al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final. La mora es automática.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: Las sanciones administrativas y pecuniarias, aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: Las sanciones se aplican a EL CONTRATISTA sin perjuicio de la indemnización del daño ulterior y no lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO De configurarse los supuestos de resolución de contrato establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y Decreto Supremo N° 013-2001-PCM respectivamente, ambas partes se someten al procedimiento establecido para este efecto por la mencionada norma.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: En lo no previsto en este contrato y en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil y demás normas que resulten aplicables.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: DOMICILIO Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente documento. Para efectos del presente documento, se tendrá por válida cualquier notificación efectuada a estas direcciones. Los domicilios consignados sólo podrán ser variados previo aviso, con Carta Notarial cursada con una anticipación no menor de 07 días, debiendo se el nuevo domicilio dentro del radio urbano de Lima.
CLÁUSULA DECIMA OCTAVA: ARBITRAJE Por la presente cláusula, las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con, la ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelto de manera definitiva mediante arbitraje de derecho que se sujetará a las disposiciones establecidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.. El arbitraje será resuelto por un Tribunal con sede en la ciudad de Lima, conformado por tres árbitros que serán designados por las partes. A falta de acuerdo en la designación de los mismos, o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM. El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa
CLÁUSULA DECIMA NOVENA: Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
De conformidad con las Bases, la propuesta Técnico - Económica adjudicada y las precisiones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en la ciudad de Lima el...............................
--------------------------------------------------------- MINCETUR |
--------------------------------------------------------- EL CONTRATISTA |
|