Adjudicación Directa Selectiva N°007-2004 |
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BASES ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA SUPERVISION DE LA OBRA: "REMODELACION DEL SISTEMA ELECTRICO DEL EDIFICIO DE LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO" NOVIEMBRE 2004 BASES SUPERVISION DE LA OBRA:
ENTIDAD CONVOCANTE OBJETO PROCESO DE SELECCION SISTEMA DE CONTRATACION MODALIDAD UBICACIÓN DE LA OBRA VALOR REFERENCIAL PLAZO DE EJECUCION ENTREGA Y VENTA DE BASES DESCRIPCION DE LA OBRA REQUISITOS PARA SER POSTOR 1.11 Podrá intervenir en esta Adjudicación cualquier persona natural o jurídica debidamente constituida e inscrita en el Registro Nacional de Contratistas, que demuestren experiencia técnica y que cumpla con los siguientes requisitos:
CONDICIONES REFERIDAS A CONSORCIOS 1.12 Se regirá a lo establecido en el Artículo 37° del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 218° del Reglamento. Las partes del consorcio responderán solidariamente ante la Entidad por todas las consecuencias derivadas de su participación individual o en conjunto dentro del consorcio en el proceso de selección y en la ejecución del contrato derivado de este. El consorcio deberá designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postor y del contrato hasta la liquidación del mismo. Las partes del consorcio no deben estar incluidas en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado. El consorcio, en caso de obtener la Buena Pro, deberá formalizar su compromiso mediante documento con firmas legalizadas y presentarlo al CONSUCODE dentro del plazo de treinta (30) días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del otorgamiento de la Buena Pro, precisando el porcentaje de participación de cada integrante del consorcio. 2. BASE LEGAL 2.1 La Base Legal está constituida por:
3. CONVOCATORIA, CONSULTAS Y ACLARACION DE LAS BASES. 3.1. La convocatoria se realiza mediante invitaciones a proveedores, notificación a PROMPYME y publicación en la página web del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe) 3.2. El calendario previsto del proceso de selección se detalla en el Anexo 01. 3.3. Los adquirientes de Bases podrán formular consultas o solicitar la aclaración de cualquiera de sus extremos, o plantear solicitudes respecto a ellas (Art. 27° de la Ley y 51° del Reglamento), por escrito dirigidas al Comité Especial dentro del plazo señalado en el Artículo 87° del Reglamento, en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR (piso 10°) de 09.00 horas a 13:00 horas en las fechas indicadas en el Anexo 1, utilizando el formato del Anexo 4. 3.4. El Comité Especial absolverá las consultas, aclarará las Bases o se pronunciará sobre las solicitudes, según corresponda, mediante un pliego absolutorio que, debidamente fundamentado y sustentado, se hará de conocimiento de los adquirientes de Bases en forma simultánea y quedará a disposición de éstos en el lugar indicado en el aviso de convocatoria. Las respuestas y aclaraciones a las Bases se consideran como parte integrante de éstas y del contrato. Al absolver las consultas, el Comité Especial no podrá exigir requerimientos mayores ni distintos que los originalmente establecidos en las Bases. 3.5. Los adquirientes de Bases mediante escrito debidamente fundamentado podrán formular observaciones a las Bases, las que deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Artículo 25° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado, las que serán presentadas al Comité Especial en el plazo señalado según Artículo 88º del Reglamento en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR (piso 10°) de 09.00 horas a 13:00 horas en las fechas indicadas en el Anexo 1, utilizando el formato del Anexo 4. 3.6. El Comité Especial evaluará las observaciones presentadas en un plazo máximo de tres (03) días hábiles y, de ser el caso, las acogerá, comunicando a todos los adquirientes la corrección a que haya lugar al día siguiente de adoptada la decisión. 3.7. En caso que el Comité Especial no acoja las observaciones formuladas, estas serán elevadas al CONSUCODE junto con un informe técnico, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes de vencido el término para evaluarlas, el mismo que resolverá en última instancia, en un plazo máximo de tres (03) días hábiles. El CONSUCODE notificará su pronunciamiento al Comité Especial dentro del día hábil siguiente de emitido. 3.8. Las Observaciones que no sean acogidas por el Comité Especial, serán notificadas al adquiriente de las Bases observante para que dentro de las 48 horas cancele la tasa correspondiente de acuerdo a lo dispuesto por la Directiva No 013-2001-CONSUCODE/PRE, de fecha 05 de julio del 2001 "Procedimiento para la Remisión de los actuados de las Observaciones a las Bases Formuladas por los Adquirientes que no hayan sido acogidas por los comités Especiales". En este caso se deberá atender a lo siguiente: a) La obligación del pago de la tasa por parte del adquiriente de Bases se origina cuando las observaciones que hubiese formulado no son acogidas por el respectivo Comité Especial, y éste está obligado a remitirlas al CONSUCODE. b) Dentro de las 24 horas del plazo a que se contrae el tercer párrafo del artículo 78º y el tercer párrafo del artículo 88º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presidencia del Comité Especial Permanente deberá oficiar el adquiriente de Bases cuya observación no haya sido acogida, para que cumpla con cancelar la tasa que para dicho concepto prevé el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE. c) El adquiriente de las Bases observante deberá cumplir con el pago de la tasa a su cargo y remitir al Comité Especial Permanente el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito respectivo, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepción del oficio de requerimiento. d) El adquiriente de las Bases domiciliado en Lima, deberá efectuar el pago en las oficinas del CONSUCODE y recabar el comprobante de pago correspondiente. e) El adquiriente de bases domiciliado en provincias, deberá efectuar el pago en la cuenta corriente No 0000283061 en el Banco de La Nación, a nombre del CONSUCODE y recabar el voucher o papeleta de depósito correspondiente. f) En caso de que el adquiriente de Bases observante no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo, dentro del plazo señalado en el numeral c) anterior, la presidencia del Comité Especial Permanente aplicará lo prescrito en el Artículo 125º de la Ley No 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, teniendo por no presentadas las observaciones no acogidas. 3.9. Una vez acogidas las observaciones, o si éstas no hubiesen sido presentadas dentro del plazo indicado, o al día hábil siguiente de haber sido notificado el pronunciamiento de CONSUCODE, las Bases serán integradas por el Comité Especial, quedando como reglas definitivas del proceso y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, sin perjuicio de lo que eventualmente resuelva el Tribunal a raíz de una impugnación. La integración de las Bases se debe notificar en forma simultánea, tanto a los adquirientes de Bases como al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el supuesto que éste hubiera emitido pronunciamiento, al día hábil siguiente de producida la integración. 3.10. Contra el pronunciamiento de CONSUCODE, no cabe la interposición de recurso alguno. 3.11. El postor que adquiere las Bases se adhiere al proceso de selección en el estado en que éste se encuentre. 3.12. El Comité Especial por causas debidamente sustentadas, podrá prorrogar o postergar las etapas del proceso de selección, comunicando en forma oportuna a la Entidad y a todos los que adquirieron las Bases. 4. CONDICIONES DE CARACTER TECNICO - ECONOMICO REQUERIMIENTO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO 4.1. El marco de referencia dentro del cual se ejecutará el Servicio de Supervisión está constituido por las Especificaciones Técnicas (ANEXO Nº 02 que forman parte de las Bases). CONFORMIDAD DEL SERVICIO DE SUPERVISION DE OBRA 4.4. La conformidad se sujeta a lo dispuesto en el Artículo 137º del Reglamento y será extendida por la Oficina General de Administración.
5.1. Cada propuesta será formulada en idioma español y presentada en dos (02) sobres cerrados identificados como:
5.2. Los sobres indicados anteriormente deberán llevar la siguiente inscripción: Adjudicación Directa Selectiva Nº 007-2004-MINCETUR/CE, la identificación de cada sobre y el nombre o razón social del postor. 5.3. Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. 5.5. Las propuestas técnica y económica tendrán una vigencia de por lo menos hasta el otorgamiento de la Buena Pro. CONTENIDO DEL PRIMER SOBRE: PROPUESTA TECNICA 5.6. Deberá presentar en original, conteniendo los siguientes documentos: a. Declaración Jurada señalando la razón social del postor o de su representante legal, (FORMATO N° 01).
CONTENIDO DEL SEGUNDO SOBRE: PROPUESTA ECONOMICA 5.7. Deberá presentarse en original conteniendo los siguientes documentos: a. Propuesta Económica, con el Monto Total de la Propuesta, consignado en Nuevos Soles con dos (02) decimales. (FORMATO Nº. 09) El Monto Total deberá incluir todo concepto como Honorarios Profesionales, Útiles e implementos de oficina, Transporte, Seguros, Leyes Sociales, Imprevistos, Pruebas y Controles, Garantías y Gastos Bancarios, Utilidad y cualquier otro gasto necesario para la total y correcta ejecución del servicio, así como el Impuesto General a las Ventas y en general todo tributo. 6. ACTOS DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS, EVALUACIÓN DE SOBRES Y ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO 6.1. Los Actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro son formales y de carácter privado. 6.2. Las propuestas serán presentadas en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, ubicado en el 10º piso, sito en la calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac San Isidro 6.3. La evaluación de propuestas técnicas considerará los factores detallados en el Anexo N° 03 de las presentes bases. 6.4. Las Propuestas Económicas que excedan en mas del 10% del Valor Referencial (S/. 29,700.00); y las que fueren inferiores al 70% del Valor Referencial (S/. 18,900.00), serán devueltas teniéndolas por no presentadas. 6.5. El Comité Especial incorporará al cuadro comparativo, el puntaje del factor precio (Anexo 03). La Buena Pro se otorgará a la propuesta que obtenga el mejor costo total, el cual equivale al mayor puntaje total. 6.6. En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el Otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden: a) Con preferencia a favor de las pequeñas y/o microempresas ganadoras, de conformidad con la Ley Nº 28015; o 6.7. Se levantará un Acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial. 6.8. La Buena Pro será notificada el día señalado en el calendario del proceso. Asimismo, serán publicados en la página web del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe) y en el Hall del piso 10 del MINCETUR. 6.9. El otorgamiento de la Buena Pro es irrevocable para el postor que resulte favorecido. El desistimiento de las obligaciones que se deriven del otorgamiento faculta al MINCETUR a invocar y aplicar en cautela de sus intereses, las sanciones establecidas en los dispositivos legales vigentes. 7. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 7.1 La Buena Pro será notificada por el Comité Especial a todos los postores participantes. 8. CONTRATO 8.1 Consentida la adjudicación, el Representante Legal del postor adjudicado, debidamente autorizado con poder suficiente, deberá cumplir con la suscripción del respectivo contrato, según proforma del Formato Nº 12. Para tal efecto, se le citará con cinco (05) días hábiles de anticipación, señalando una fecha que no podrá exceder a los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que quedó consentida la adjudicación. 8.2 A la suscripción del contrato, el postor al que se le hubiere adjudicado la buena pro, deberá entregar lo siguiente: 9. PAGOS PAGOS
10. PENALIDADES PENALIDADES
1.1 Queda claramente establecido que como consecuencia de la Buena Pro adjudicada al postor ganador, El MINCETUR no asumirá responsabilidad de ninguna clase, respecto a todas o cada una de las obligaciones que corresponden a dicho postor, sean de carácter laboral, social, tributario, administrativo, civil o de cualquier otro origen. ANEXO Nº1
OBJETIVO La ocurrencia de incidentes en el Sistema Eléctrico, como cortes intempestivos de energía, casos de cortocircuitos ó amago de incendio, sumado al elevado costo por energía reactiva que se paga mensualmente han motivado al MINCETUR la elaboración del Proyecto de Remodelación del Sistema Eléctrico de la Sede Central. El edificio, sede del MINCETUR, es también sede del Ministerio de la Producción (PRODUCE) desde el segundo al sétimo piso, PROM PERU pisos 13 y 14 y del CONAFRAN el décimo sexto piso; que son organismos autónomos; comprende diecisiete pisos, Sótano 1, sótano 2 y azotea. 1.2 GENERALIDADES Ubicación Geográfica Departamento : Lima Características del Suministro Eléctrico. Tipo de Suministro : Baja Tensión (BT3). El Suministro de energía eléctrica proviene de las redes del Concesionario de Distribución, LUZ DEL SUR, a través de dos Transformadores de 640 KVA, los cuales están ubicados en el ingreso del edificio. 1.3 ALCANCES DEL PROYECTO La Remodelación de Instalaciones Eléctricas comprende el suministro e instalación, conexión y puesta en funcionamiento, en Baja Tensión 220 Volts, de:
1.4 POTENCIA INSTALADA Y MAXIMA DEMANDA
CODIGO Y REGLAMENTOS Ingeniero Electricista o Mecánico-Electricista, colegiado; experiencia no menor de 5 años, con capacidad para coordinar y conducir eficaz y eficientemente el desarrollo de la Supervisión. Su currículum deberá probar que tiene amplia experiencia profesional, haber participado en la Supervisión de Obras Eléctricas en general y obras eléctricas similares (Líneas Primarias y Redes Primarias, Redes Secundarias y Conexiones Domiciliarias), asó como en la administración de Contratos de Obras Públicas. Así mismo debe tener conocimiento en Análisis y Diseño de sistemas eléctricos de distribución con circuitos convencionales y autosoportados; demostrando amplio conocimiento del Código Nacional Eléctrico vigente, Especificaciones Técnicas de Materiales y de Montaje, así como de las exigencias de calidad y las normas de seguridad. Este profesional debe estar disponible para asumir la conducción integral de la Supervisión y tendrá residencia en el lugar de la obra durante la ejecución total de la misma La Supervisión de la obra será desempeñada por una persona natural o jurídica, en adelante denominada EL SUPERVISOR. Para el desarrollo de las actividades de supervisión del contrato de ejecución de obras, EL SUPERVISOR deberá contar con los siguientes recursos mínimos a establecerse en el sitio de Obra: a. Personal de servicio
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR El SUPERVISOR de Obra es el representante de MINCETUR y tendrá las siguientes responsabilidades y funciones: c) El SUPERVISOR es responsable por los errores u omisiones y sus consecuencias, cometidas por él. El plazo de responsabilidad no podrá ser inferior a siete (07) años. d) El SUPERVISOR es responsable de la adecuada aplicación del Reglamento y sus modificatorias. De igual manera, el supervisor deberá mantener un control permanente sobre los adelantos por materiales y adelanto directo otorgados al contratista, lo que se reflejará tanto en las valorizaciones como en los ajustes de los montos de las cartas fianzas (de ser el caso), los cuales deben ser amortizados totalmente en las valorizaciones correspondientes, dentro del plazo vigente de ejecución de obra. De igual modo, el Supervisor deberá comunicar oportunamente a la Entidad sobre el vencimiento de las cartas fianzas (de fiel cumplimiento, por adelanto directo y por adelanto de materiales). e) El SUPERVISOR es responsable del cumplimiento, en lo que a su labor comprende, de las normas de control interno para ejecución de obras públicas (Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG. f) El SUPERVISOR es responsable de la aplicación, en lo que le compete, de la Directiva para autorización previa a la ejecución y pago de adicionales de obras públicas (Resolución de Contraloría Nº 036-2001-CG). g) El SUPERVISOR tiene como función, controlar la ejecución de la obra y absolver las consultas que le formule el Contratista. Está facultado para ordenar el retiro de cualquier sub contratista o trabajador por incapacidad o incorrecciones que, a su juicio, perjudiquen la buena marcha de la obra; para rechazar y ordenar el retiro de materiales o equipo por mala calidad o por incumplimiento de las especificaciones técnicas y para disponer cualquier medida urgente en la obra, coordinando permanentemente con la Oficina General de Administración. Constatar el replanteo general de la obra y efectuar permanentemente el control de la remodelación del sistema electrico durante la ejecucion. h) Es responsabilidad del Supervisor, la elaboración y presentación oportuna de los expedientes técnicos que sustenten los presupuestos adicionales o deductivos que se originen por modificaciones del proyecto original de la obra contratada; estos presupuestos deben ser suscritos por el supervisor y el representante del Contratista. Anotar asientos diarios en el cuaderno de obra, de los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de ella, firmando al pie de cada anotación. Debe constar en el cuaderno de obra el ingreso y salida de los principales materiales a la zona de obra y establecer un kardex para determinar el stock diario de materiales en obra. i) El Supervisor, será responsable de la entrega de valorizaciones y de la entrega de la documentación para la liquidación final de obra, como también de la liquidación del contrato de supervisión, en los plazos y condiciones fijados en el contrato. j) El Supervisor debe tener en cuenta el control de pruebas eléctricas, verificación de cumplimiento de especificaciones de materiales, procedimientos y otros; debiendo anotarse en el cuaderno de obra, la fecha en que se efectuó satisfactoriamente cualquiera de las citadas pruebas, con el VºBº del Ing. Supervisor, Ing. Residente y/o Ing. especialista, si el caso requiere. El SUPERVISOR deberá presentar los siguientes informes:
b) Información detallada en los informes mensuales
Informe final de la Obra a) Datos generales de la Obra
b) Desarrollo de la Obra
c) Información detallada de la obra
Liquidación de cuentas en el Informe Final
Se deja establecido que la Entidad está en la facultad de solicitarle a EL SUPERVISOR cualquier otro informe específico relacionado con el servicio y no mencionado en el presente anexo, el mismo que deberá ser entregado al mas breve plazo. DEL PLAZO Y SUS AMPLIACIONES.
La evaluación de las propuestas se efectuará en dos (02) etapas: Evaluación Técnica y Evaluación Económica. 1. EVALUACION TECNICA: PUNTAJE MÁXIMO: 100 PUNTOS Se asignara puntaje a la propuesta de acuerdo a los siguientes criterios: A. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR 35 puntos a.1 Tiempo en la Actividad
Experiencia en la actividad Se evaluarán como máximo hasta cinco (05) trabajos de supervisión. En caso se presentara una cantidad mayor, sólo se evaluarán los cinco primeros. La antigüedad de los trabajos realizados no será mayor a 10 años. El postor presentará copia simple de certificados, constancias o contratos que permitan establecer la fecha de inicio y término del servicio. Puntaje: Dos (02) puntos por cada servicio de supervisión, hasta un máximo de 10 puntos a.3 Experiencia en la especialidad Se evaluarán como máximo hasta cinco (05) trabajos de supervisión de obras similares. En caso se presentara una cantidad mayor, sólo se evaluarán los cinco primeros. La antigüedad de los trabajos realizados no será mayor a 10 años. El postor presentará copia simple de certificados, constancias o contratos que permitan establecer la fecha de inicio y término del servicio. Puntaje: Tres (03) puntos por cada servicio de supervisión de obra similar, hasta un máximo de 15 puntos B FACTORES REFERIDOS AL (LOS) PROFESIONAL (ES) 45 puntos b.1 Tiempo en el ejercicio de la profesión
b.2 Experiencia en la Actividad Profesional Se evaluarán como máximo hasta cinco (05) trabajos que acrediten experiencia en la Supervisión de Obras en General en el cargo de Jefe de Supervisión.. En caso se presentara una cantidad mayor, sólo se evaluarán los cinco primeros. La antigüedad de los trabajos realizados no será mayor a 10 años. El postor presentará copia simple de certificados, constancias o contratos que permitan acreditar la información. Puntaje: Tres (03) puntos por cada servicio de supervisión de obra en el cargo de Jefe de Supervisión, hasta un máximo de 15 puntos b.3 Experiencia en el especialidad Se evaluarán como máximo hasta cinco (05) trabajos que acrediten experiencia en la Supervisión de Obras similares en el cargo de Jefe de Supervisión.. En caso se presentara una cantidad mayor, sólo se evaluarán los cinco primeros. La antigüedad de los trabajos realizados no será mayor a 10 años. El postor presentará copia simple de certificados, constancias o contratos que permitan acreditar la información. Puntaje: Tres (03) puntos por cada servicio de supervisión de obra similar en el cargo de Jefe de Supervisión, hasta un máximo de 15 puntos C FACTORES REFERIDOS AL SERVICIO OFERTADO 20 puntos Plan y Programa de trabajo Puntaje 08 puntos Innovación tecnológica Puntaje 06 puntos 2. EVALUACION ECONOMICA (PUNTAJE 100 PUNTOS) La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo a la oferta económica de menor costo. Al resto de las propuestas se le asignara puntaje según la siguiente formula: Pi = 2 (PMPE) - ( Oi / Om ) x PMPE Donde: 3. DETERMINACION DEL PUNTAJE TOTAL El puntaje total (costo) de cada propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, y se obtendrá aplicando la siguiente formula: PTPi = (c1) x (PTi) + (c2) x (PEi) Donde: Los coeficientes de ponderación son: c1 = 0.80, c2 = 0.20 La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga el mayor puntaje total. PUNTAJE ADICIONAL ANEXO 4 FORMATO DE PRESENTACION DE CONSULTAS Y/U OBSERVACIONES A LAS BASES
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 007 -2004-MINCETUR/CEP
Lima, ……………………. del 2004 .....................................................................
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 0007 -2004-MINCETUR/CEP
El que suscribe, don…………………………………………. , identificado con D.N.I. N° ........................., Representante Legal de ………………………………………….., con R.U.C. N° .....................; DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada, al postular a la Adjudicación Directa Selectiva Nº ................................ 1. No tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado conforme al Art. 9º, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
FORMATO Nº3 EXPERIENCIA EN SUPERVISION DE OBRAS EN GENERAL
NOMBRE DEL POSTOR: …………………………………………………………………….
Nota: El postor adjuntará los documentos que acrediten el tipo de servicio, fecha de término y monto del proyecto.
FORMATO Nº4 EXPERIENCIA EN SUPERVISION DE OBRAS SIMILARES
NOMBRE DEL POSTOR: …………………………………………………………………….
FORMATO Nº5
CURRICULUM VITAE Nombre y apellidos completos
FORMATO Nº6 DECLARACION JURADA SEGÚN DISPOSICIONES VIGENTES EN MATERIA DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
El que suscribe, don .......…………......................…......., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante Legal de .................………...........….........., con R.U.C. N° ........................; DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada cumple con lo siguiente:
Lima, ....... de ........................... del 2004
Nota: Para el caso de consorcios, cada integrante deberá cumplir con presentar la declaración jurada.
FORMATO Nº7 CARTA COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES ASIGNADOS AL SERVICIO El que suscribe, mediante la presente, se compromete a formar parte del personal profesional asignado a la Supervisión de la Obra a la que postula el postor ……………………………………., en el caso que éste obtenga la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº -2004-MINCETUR/CEP. Asimismo declaro que no tengo compromiso alguno que imposibilite mi participación en la fecha y por le tiempo ofrecido.
FORMATO Nº8 ORGANIZACIÓN E INFRAESTRUCTURA OFICINA LIMA DIRECCION………………………………………………………PROPIA ( ) ALQUILER ( ) PLANTEL DIRECTIVO -
FORMATO Nº9 HOJA DE PROPUESTA ECONOMICA Señores. Referencia : Adjudicación Directa Selectiva Nº -2004-MINCETUR/CE Asunto :
El Postor que suscribe, ha revisado cuidadosamente todos los documentos que conforman las Bases del proceso de selección, correspondiente a Proceso De Selección de la referencia. Por consiguiente, somete a vuestra consideración la Propuesta Económica A Suma Alzada ascendente a:
---------------------------------------------------------------- FORMATO Nº10
Los que suscriben, don .......…………......................….........., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante Legal de .................………...........….........., con R.U.C. N° ........................; y don .......…………......................….........., identificado con D.N.I. N° ........................., Representante Legal de .................………...........….........., con R.U.C. N° ........................ DECLARAMOS BAJO JURAMENTO que nuestras representadas participan consorciadas en la ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº …...-2004-MINCETUR/CE, y de ser beneficiadas con el otorgamiento de la Buena Pro, nos comprometemos luego de que el otorgamiento quede consentido, a formalizar el contrato de consorcio, según lo establece la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE aprobada mediante Resolución Nº 019-2001-CONSUCODE/PRE. Lima, ....... de ........................... del 2004
FORMATO Nº11 PACTO DE INTEGRIDAD El Postor……………………………………………………..y el MINCETUR suscriben el presente Pacto de Integridad: Yo……………………………………...(Representante legal de la empresa), con DNI Nº…………………………..… , en representación de la empresa …………………… me comprometo formalmente a actuar durante el proceso de selección con total respeto a los principios de transparencia, moralidad, probidad, libre competencia, veracidad, que rigen la contratación y adquisición de bienes y servicios para el Estado. Asimismo, declaro no haber ofrecido u otorgado y me comprometo a no ofrecer u otorgar, en el futuro, directamente o a través de terceros, ningún pago o beneficio o ventaja a funcionario público alguno o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de la Adjudicación Directa Selectiva. Además, declaro no haber celebrado y no tener intención de celebrar en el futuro, acuerdos formales o tácitos, con los demás postores o con terceros con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia. Por su parte, los integrantes del COMITÉ ESPECIAL designado por Resolución Secretarial Nº 0…..-2004-MINCETUR/SG, asumimos el compromiso de evitar cualquier extorsión, así como la aceptación de sobornos tales como donativos, promesas o cualquier otra ventaja de parte de los postores, con el fin de influir en nuestra decisión. El incumplimiento del presente PACTO genera la inhabilitación de contratar con el Estado sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que resulten pertinentes. San Isidro,
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios que celebran de una parte el MINCETUR de Comercio Exterior y Turismo, con Registro Único de Contribuyentes (RUC) Nº 20504774288, señalando domicilio en Calle Uno Oeste Nº 050 Urb. Córpac San Isidro, Lima, debidamente representado por el señor ………………………….., Director General de Administración, identificado con D.N.I. Nº ………………., según facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 00….-2004-MINCETUR/DM a quien en adelante se denominará el MINCETUR y, de la otra parte ………………………... con RUC Nº ………………………., debidamente representado por ……………………………, identificado con D.N.I N° ………………….. , con facultades según consta en la Partida Registral N° …………….. de la Oficina Registral de Lima y Callao y con domicilio en …………………………., distrito de Surco, a quien en adelante se le denominará el SUPERVISOR, en los términos y condiciones siguientes: BASE LEGAL. - Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES EL MINCETUR es una entidad de derecho público que forma parte del Poder Ejecutivo de la República del Perú, que tiene entre sus funciones, establecer y ejecutar la política de Comercio Exterior, así como la política de Turismo, tomando en cuenta su carácter multisectorial e interdependiente, conforme a la Ley N° 27790, en concordancia con la política general del Estado y en coordinación con los sectores e instituciones vinculados a su ámbito. El presente contrato se efectúa sobre la base de Adjudicación Directa Selectiva N° 007-2004-MINCETUR-CE "SUPERVISIÓN DE LA OBRA "REMODELACION DEL SISTEMA ELECTRICO DEL EDIFICIO DE LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO" habiendo obtenido la Buena Pro el SUPERVISOR. EL SUPERVISOR es una persona natural o jurídica que tiene por objeto la prestación de servicios de supervisión de obras y opera en el país de acuerdo a las normas legales vigentes. El presente contrato se rige por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, supletoriamente por el Código Civil y las normas que le sean aplicables CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente documento es contratar los servicios del el SUPERVISOR para que brinde los siguientes servicios: El MINCETUR acepta al profesional propuesto por el SUPERVISOR, el Ingeniero Electricista Sr. …………………….., identificado con DNI N° ………………… y con registro CIP N° ……………….., quien será el Jefe de Supervisión y el que encargará personalmente de la dirección técnica de la obra y la elaboración de los informes y liquidación solicitados por el MINCETUR, según lo especificado en las BASES Anexo N° 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. CLAUSULA TERCERA: DE LOS ANEXOS DEL CONTRATO Forman parte del presente contrato los siguientes documentos: - Las Bases del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva Nº007-2004-MINISTERIO/CEP CLAUSULA CUARTA: HONORARIOS Y FORMA DE PAGO El MINCETUR abonará al SUPERVISOR la suma de S/. ………………………. (…………………. y 00/100), monto que incluye los impuestos de ley y que será cancelado a la prestación efectiva del servicio en armadas quincenales, computadas desde el inicio de la obra, previa presentación de un informe sobre el avance de la obra, por cada pago, a la Oficina General de Administración del MINCETUR. La conformidad del servicio prestado, será otorgada por el funcionario encargado de la supervisión de la ejecución del contrato, el Director General de Administración del MINCETUR. El SUPERVISOR conviene con el MINCETUR que el pago por los servicios brindados será a través de un cheque a su nombre, el mismo que deberá ser recepcionado en las Oficinas del MINCETUR en la ciudad de Lima, comprometiéndose el SUPERVISOR a presentar y suscribir oportunamente la documentación necesaria. CLAUSULA QUINTA: PLAZO DEL CONTRATO El SUPERVISOR, se obliga a prestar los servicios y realizar las actividades descritas en la Cláusula Segunda, por el período comprendido desde el día siguiente de la suscripción del presente contrato, hasta la presentación de la liquidación final de la obra y su respectiva aprobación por parte del MINCETUR. El plazo de la supervisión de la obra será de 180 (ciento ochenta) días calendarios, computados desde el inicio de la ejecución de la obra. En caso sea necesario una ampliación al presente contrato, esta se deberá ceñir a lo señalado en las BASES Anexo 2 Del Plazo y sus Ampliaciones. CLÁUSULA SEXTA: ADICIONALES O REDUCCIONES. El MINCETUR podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de servicios adicionales, hasta por el quince por ciento (15%) del monto contractual del presente contrato, siempre que sea necesario para alcanzar la finalidad del contrato, del mismo modo se podrá ordenar la reducción de las prestaciones en caso sea necesario. En caso ser necesario en lo mencionado el párrafo anterior, será necesario contar con la respectiva aprobación mediante Resolución Secretarial del MINCETUR y la disponibilidad presupuestal necesaria. CLÁUSULA SÉPTIMA: TÍTULOS DE PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD CLÁUSULA OCTAVA: DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO CLÁUSULA NOVENA: SUPERVISION CLÁUSULA DÉCIMA: FONDO DE GARANTÍA CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DE LAS OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR
El SUPERVISOR, sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo anterior, realizará todas las acciones descritas en su Propuesta Técnica (Plan y Programa de Trabajo).
El SUPERVISOR, es el responsable absoluto de la Supervisión de la obra "REMODELACION DEL SISTEMA ELECTRICO DEL EDIFICIO DE LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO", por lo que deberá responder por el trabajo de supervisión realizado en dicha obra, comprometiéndose a aclarar o corregir cualquier duda o deficiencia posterior a la finalización de la obra. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: DE LAS OBLIGACIONES DEL MINCETUR
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: CESION DE DERECHOS Y/O OBLIGACIONES EL MINCETUR no podrá transferir total o parcialmente los derechos y/o obligaciones que se deriven del presente contrato EL SUPERVISOR, no podrá subcontratar con terceros las prestaciones contenidas en el presente contrato. Queda estipulado que la única persona designada por el SUPERVISOR para el cumplimiento directo de lo estipulado en el presente documento así como en las Bases y propuesta técnica, es el Ing. ……………………………, quien en adelante se desempeñará como Jefe de Supervisión. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: PENALIDADES
Se contempla una penalidad por cada día que falte la supervisión a la obra, la misma que será controlada por la Oficina General de Administración del MINCETUR. El SUPERVISOR, a través del Jefe de Supervisión se compromete a tener una participación de acuerdo a lo señalado en su Propuesta Técnica. Salvo casos de enfermedad, accidentes o fortuitos que impidan su participación directa, la misma que deberá ser debidamente documentada y presentada inmediatamente se produzca el impedimento. El reemplazante deberá ser por lo menos del mismo nivel del profesional a ser reemplazado). Si la supervisión no revisa la Liquidación de la obra dentro del tiempo normado, será penalizada con el 3% del Monto Contractual. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. En caso de surgir alguna controversia, respecto al cumplimiento o interpretación del contrato las partes se comprometen a solucionarla, mediante el trato directo. Sólo en caso de no lograr una solución mediante esta vía, cualquiera de las partes podrá recurrir al procedimiento de conciliación, y de no prosperar ésta última, la controversia será resuelta mediante Arbitro Único, según lo dispuesto en el Art. 189° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. A falta de acuerdo en la designación del Arbitro Único, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El laudo emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: REQUISITOS ADMINISTRATIVOS.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La Liquidación se realizará en lo que corresponda al artículo 139° del Reglamento de la Ley 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Se suscribe el presente contrato, en la ciudad de Lima a los días del mes de setiembre del año dos mil cuatro.
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