Adjudicación Directa Selectiva - N°017-2003 |
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MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 017 -2003 -MINCETUR/CEP SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA ELABORACIÓN DEL PRIMERA CONVOCATORIA B A S E S COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE INDICE DE LAS B A S E S TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE TITULO II: BASE LEGAL TITULO III: CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 3.1 CONVOCATORIA TITULO IV: REQUISITOS PARA SER POSTOR TITULO V: CONDICIONES DE CARÁCTER ECONOMICO 5.1 VALIDEZ DE LA OFERTA TITULO VI: PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 6.1 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS TITULO VII: DE LA APERTURA Y EVALUACION DE PROPUESTAS 7.1 APERTURA DE LOS SOBRES Nº 1: PROPUESTA TÉCNICA TITULO VIII: OTORGAMIENTO Y NOTIFICACION DE LA BUENA PRO TITULO IX: DEL CONTRATO 9.1 CONDICIONES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO TITULO X: DE LA CONFORMIDAD, FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO DEL SERVICIO 10.1 CONFORMIDAD DEL SERVICIO TITULO XI: DISPOSICIONES FINALES ANEXOS
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 017-2003-MINCETUR/CEP B A S E S TITULO I: 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE: 1.2 OBJETO: 1.4 VALOR REFERENCIAL: 1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1.6 SISTEMA: TITULO II 2.1 Ley Nº 27209: Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. 2.2 Ley Nº 27879: Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2003. 2.3 TUO de la Ley Nº 26850: Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001- PCM, en adelante la LEY. 2.4 Reglamento del TUO de la LEY Nº 26850: Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 013-2001-PCM, en adelante el REGLAMENTO. 2.5 Resolución Ministerial Nº 0034-2003-MINCETUR/DM, de delegación de funciones. 2.6 Resolución Secretarial Nº 0034-2003-MINCETUR/SG que designa a los miembros del Comité Especial Permanente, en armonía con el art. 23º de la LEY, y art. 34º y siguientes del REGLAMENTO. 2.7 Resolución Secretarial que aprueba las Bases de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 017-2003-MINCETUR/CEP en armonía con el art. 82º del REGLAMENTO. 2.8 Resolución de Contraloría Nº 072- 98-CG, que aprueba las Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público y su modificatoria aprobada por Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG. 2.9 Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. 2.10 R. N° 114-2001-CONSUCODE/PRE.- Aprueba Directiva N° 013-2001-CONSUCODE/PRE. 2.11 R. Nº 063-2003-CONSUCODE/PRE.- Aprueba Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE 2.12 Decreto Supremo N° 009-2003-TR.- Aprueba el Reglamento de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. TITULO III: 3.1 Convocatoria: 15 de diciembre de 2003 A. Precio de Venta : S/.10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) 3.3 Formulación de consultas y Observación a las Bases : Del 16 al 18 de Diciembre de 2003. Las Consultas respecto al contenido de las Bases (Art. 27º de la LEY y 51º del REGLAMENTO), se efectuarán por escrito dentro del plazo señalado (ART. 87° del REGLAMENTO), estarán dirigidas al Presidente del Comité Especial Permanente, se recibirán en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 050 Piso 10º, Urb. Córpac, San Isidro, en el horario de 08:30 a 16.15 horas, de Lunes a Viernes. Las observaciones deben estar referidas al incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Art. 25º de la LEY o de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado, y deberán ser formuladas por escrito, ante el Comité Especial Permanente, dentro del plazo señalado (Art. 88º del REGLAMENTO), y presentadas en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 050 Piso 10º, Urb. Córpac, San Isidro, en el horario de 08:30 a 16.15 horas (Art. 28º de la LEY, Art. 52º del REGLAMENTO). 3.4 Absolución y aclaración de Consultas, Acogimiento de las observaciones eIntegración de las Bases : Del 19 al 22 de diciembre de 2003 El Comité Especial Permanente evaluará las observaciones presentadas en el plazo señalado. Si acoge las mismas, notificará su decisión a todos los adquirientes de las Bases. En caso que no acoja las observaciones formuladas, deberá remitirlas al CONSUCODE, para cuyo efecto el Presidente del Comité Especial Permanente oficiará al adquiriente observante, a fin que éste cumpla con cancelar la tasa que prevé el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del CONSUCODE, para elevar lo actuado a dicho Consejo, en un plazo no mayor a 48 horas, computado desde la recepción del oficio. En el caso que el adquiriente observante no cumpla con cancelar el monto de la tasa dentro de dicho plazo, se tendrá por no presentada la observación (R. N° 114-2001-CONSUCODE/PRE.- Aprueba Directiva No. 013-2001-CONSUCODE/PRE). El postor, haya o no efectuado consultas u observaciones, queda sometido a la Absolución de Consultas, al acogimiento de las observaciones a las Bases o al pronunciamiento del CONSUCODE, respecto de las observaciones no acogidas por el Comité Especial Permanente. Una vez acogidas o resueltas, en su caso, todas las observaciones, o si éstas no se han presentado dentro del plazo indicado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ningún otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna. Integradas las Bases, el Comité Especial Permanente es el único autorizado para interpretarlas.
Se realizará el día 05 de Enero de 2004 hasta las 16:15 horas (hora exacta), en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del MINCETUR, ubicado en el 10º piso, sito en la calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac, San Isidro. 3.6 Evaluación de Propuestas : Del 06 al 07 de Enero de 2004 3.7 Adjudicación de la Buena Pro. : El 08 de Enero de 2004, hasta las 16:15 horas Si cualquiera de los días señalados en los numerales 3.5 y 3.7 fuera declarado feriado no laborable, el Acto se entenderá postergado para el primer día hábil siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar. TITULO IV: 4.1 El postor deberá ser una persona jurídica legalmente constituida e inscrita en Registros Públicos, que tenga por objeto el servicio de consultoría, y que cuente con experiencia comprobada en la materia. 4.2 Su participación implica pleno sometimiento y cumplimiento a lo establecido en las presentes Bases, absolución de Consultas y acogimiento de observaciones, la Integración de las Bases, y a las disposiciones contenidas en la LEY, su REGLAMENTO, y sus modificatorias; y de la interpretación que de las Bases Integradas efectúe el Comité Especial Permanente en armonía con el Art. 53º del REGLAMENTO. La participación de Consorcios deberá sujetarse a lo señalado en el Art. 37º de la LEY, así como a lo dispuesto en el Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 063-2003-CONSUCODE/ PRE, y en el D. S. N° 009-2003-TR, Reglamento de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, de ser el caso. 4.3 No estar comprendido en ninguna de las prohibiciones previstas en el Art. 9º de la LEY. 4.4 Haber adquirido las Bases de la presente Adjudicación Directa Selectiva. En caso de Consorcios, será de aplicación lo dispuesto en el Art. 47º del REGLAMENTO. 4.5 El postor participará en la Adjudicación Directa Selectiva a través de su Representante legal o mandatario, debidamente facultado con los poderes otorgados de acuerdo a las normas vigentes, acreditándose ante el Comité Especial Permanente mediante carta poder simple. TITULO V: 5.1 Validez de la Oferta: 5.2 Composición del monto de la propuesta económica: TITULO VI: PRESENTACION DE PROPUESTAS 6.1 REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTAS: 6.1.1 La información presentada así como la foliación de las páginas no podrá tener borraduras, enmendaduras, tachaduras o corrección alguna. 6.1.2 Las Propuestas Técnicas y Económicas se presentarán en forma legible, mecanografiadas o impresas por computadora y en idioma español, en dos sobres cerrados. La información que proporcione el postor en sus propuestas tiene el carácter de declaración jurada y por tanto deberá ajustarse a la verdad, reservándose el MINCETUR el derecho de revisar y verificar dicha documentación. 6.1.3 La Propuesta Económica debe estar expresada en nuevos soles, y deberá contener obligatoriamente la información mínima solicitada en el Anexo E, definidas en los numerales 5.1 y 5.2 de las presentes Bases. Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial Permanente, teniéndolas por no presentadas. Lo mismo ocurrirá con las propuestas que sean inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial. 6.1.4 Todas las páginas que contengan información, texto o gráfico de cualquier tipo, deberán encontrarse debidamente numeradas, selladas y rubricadas por el representante legal o mandatario del postor. La última hoja será firmada por el representante legal o mandatario (Art. 55° del REGLAMENTO). En caso que una página contenga información, texto o gráfico en ambas caras, siempre llevará una sola numeración en el anverso. 6.1.5 Todos los documentos solicitados en los numerales 6.2 y 6.3 de las presentes Bases deberán cumplir obligatoriamente con las características y requisitos formales requeridos para ser objeto de la evaluación correspondiente. Las propuestas que no estén formuladas de acuerdo a las presentes Bases y formalidades exigidas por LEY se tendrán por no presentadas. Los Sobres Nº 1: "Propuesta Técnica" y Nº 2: "Propuesta Económica", deberán entregarse perfectamente cerrados. Ambos sobres deberán tener la siguiente inscripción: "SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA ELABORACIÓN DEL ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 017 -2003-MINCETUR/CEP Nombre y dirección del postor Serán rechazadas las Propuestas que no sean presentadas en la forma señalada. 6.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TECNICA (SOBRE Nº 1) (Art. 62º del Reg.): La Propuesta Técnica será presentada en dos ejemplares: un original y una copia, y deberá contener lo siguiente:
a) Indice de los documentos que contiene el Sobre. Dicho índice deberá indicar en forma clara y precisa el número de página donde se ubica cada documento. b) Declaración Jurada de Identificación del Postor, conforme al modelo Anexo A de las presentes Bases, con la firma de su Representante Legal o mandatario, que cuente con los poderes y facultades de representación suficientes. En caso de Consorcios, ésta deberá ser firmada por el representante del Consorcio para todo el proceso de selección. c) Declaración Jurada del Postor de acuerdo a lo establecido en el Art. 56° del REGLAMENTO conforme al modelo Anexo B de las presentes Bases. d) Copia fotostática legible de la Licencia Municipal de Funcionamiento vigente o de la respectiva declaración jurada anual de permanencia en el giro autorizado al establecimiento, vigente (Decreto Ley N° 776, modificado por Ley N° 27180). e) Relación numerada de principales clientes, a quienes se ha brindado servicios de consultoría en los últimos años (2000, 2001, 2002 y 2003) (No más de cinco clientes personas jurídicas) según modelo Anexo F. f) Descripción de las actividades a realizar, según los términos de referencia contenidos en el Anexo C. g) Información referida a los factores de evaluación, conforme a lo establecido en el numeral I: De la propuesta técnica, del Anexo D. h) Carta de compromiso en la que se consigne las condiciones y el plazo de entrega del informe final (el mismo que no podrá exceder de 35 días calendarios, contados desde el día siguiente de suscripción del Contrato), materia del servicio contratado. i) Declaración Jurada de ser Pequeña o Micro empresa de ser el caso. En el caso de Consorcios, para acceder al beneficio al que se refiere el inciso a) del articulo 73º del REGLAMENTO, todas las partes integrantes del mismo deberán tener la calidad de pequeña o micro empresa. Caso contrario, no podrá otorgarse a dicho Consorcio el referido beneficio. j) Promesa de Consorcio, de ser el caso, precisando las obligaciones que asumirá cada una de las partes así como la designación del representante del Consorcio para todo el proceso de selección. k) Pacto de Integridad Anexo J, debidamente firmado por el representante legal de la empresa postora. En caso de Consorcios, los documentos exigidos en los literales d), i) y k) deberán presentarse por cada una de las empresas que los conforman. 6.3 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONOMICA (SOBRE Nº 2) (Art. 62º del REGLAMENTO): La propuesta económica será presentada en dos ejemplares: un original y una copia, y deberá contener lo siguiente: a) Indice de los documentos que contiene el Sobre, el cual deberá indicar en forma clara y precisa el número de página donde se ubica cada documento. b) Documento según Anexo E, formulando la Propuesta Económica de la empresa postora, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pagos de derechos por servicios administrativos y cualquier otro concepto que pueda incidir en su costo. Se indicará la forma de pago.
TITULO VII: El Comité Especial Permanente, en la fecha establecida en el numeral 3.6 de las presentes Bases, llevará a cabo la evaluación de las propuestas contenidas en los Sobres N° 1 "Propuesta Técnica" y N° 2 "Propuesta Económica", los cuales deberán encontrarse perfectamente cerrados. La apertura y calificación de propuestas se realizará en acto privado. 7.1.1 En el primer día señalado en el numeral 3.6, se procederá a la apertura y lectura del contenido de los Sobres "Propuesta Técnica", verificando si cumple con la presentación de todos los documentos solicitados en las Bases; si se comprueba la falta de cualquier documento exigido en las mismas, se devolverá el sobre al Postor, teniéndolo por no presentado y no se calificará. 7.2 EVALUACION DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS: 7.2.1 La Evaluación de las Propuestas Técnicas, será efectuada aplicando los Criterios de Evaluación establecidos en el Punto I: De la Propuesta Técnica del ANEXO D. Finalizada esta evaluación, el Comité Especial Permanente formulará un Cuadro Comparativo en orden de prelación. 7.3 EVALUACION DE LA PROPUESTA ECONOMICA: 7.3.1 El Comité Especial Permanente procederá a la apertura de los Sobres N° 2 "Propuesta Económica". Si se comprueba la falta de cualquier documento exigido en el numeral 6.3 de las Bases, se tendrán por no presentados (Art. 59° REGLAMENTO). 7.3.2 Las Propuestas Económicas que excedan en más del diez por ciento (10 %) o S/. 38,500.00 (Treinta y Ocho Mil Quinientos y 00/100), o sean inferiores al setenta por ciento (70 %) ó S/. 24,500.00 (Veinticuatro mil quinientos y 00/100) del Valor Referencial establecido, serán devueltas por el Comité, teniéndolas por no presentadas (Art. 33º de la LEY modificado por Ley No. 27738). 7.3.3 El Comité Especial Permanente procederá a la evaluación de las Propuestas Económicas, aplicando la fórmula señalada en el Punto II del ANEXO D de las presentes Bases. Finalizada la evaluación de las Propuestas Técnicas y Económicas, el Comité Especial Permanente procederá a determinar el Puntaje Total, según el método señalado en el Punto III del Anexo D (Art. 68º del REGLAMENTO). TITULO VIII: Se realizará el día 08 de Enero de 2004, en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, ubicada en el piso 10° del MINCETUR, en acto privado. 8.1 La Buena Pro se adjudicará al postor cuya propuesta haya obtenido el mayor puntaje total, como resultado de la evaluación practicada según el Anexo D. El Comité Especial Permanente notificará a todos los postores la Propuesta ganadora, indicando el orden de prelación en que han quedado calificados. Los Postores podrán solicitar por escrito copia del Acta de Otorgamiento de la Buena Pro y detalle de las calificaciones obtenidas por las Propuestas, la misma que le será entregada al día siguiente de presentada su solicitud. 8.2 De existir empate entre dos (02) o más Propuestas en el Puntaje Total, la Buena Pro se otorgará según el orden establecido en el Art. 73º del REGLAMENTO. 8.3 El otorgamiento de la Buena Pro es irrevocable para el postor que resulte favorecido, el desistimiento de las obligaciones que se deriven del otorgamiento faculta al MINCETUR a invocar y aplicar en cautela de sus intereses, las sanciones establecidas en los dispositivos legales pertinentes. 8.4 Los miembros del Comité Especial Permanente suscribirán el Acta de Adjudicación de la Buena Pro. Los resultados del proceso de selección serán comunicados a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME y publicadas en la página WEB del MINCETUR: www.mincetur.gob.pe, dentro de los cinco (05) días siguientes de consentido el otorgamiento de la Buena Pro, por una sola vez (Art. 91° del REGLAMENTO). 8.5 El Comité Especial Permanente notificará inmediatamente con el Acta de Otorgamiento de la Buena Pro, los resultados del proceso de selección, a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, encargada de la ejecución de las adquisiciones y contrataciones del MINCETUR. TITULO IX: 9.1 CONDICIONES PARA LA FIRMA DEL CONTRATO 9.1.1 Dentro de los diez (10) días de consentido el otorgamiento de la Buena Pro, el Postor ganador deberá suscribir el Contrato, el cual contendrá además de las condiciones técnico económico ofertadas por el Postor, las condiciones que se estipulan en la proforma de Contrato que obra como Anexo K de las presentes Bases y lo dispuesto en el Art. 118º del REGLAMENTO. 9.1.2 Es requisito previo e indispensable para la suscripción del Contrato, que el Postor que obtuvo la Buena Pro presente la documentación solicitada en el numeral 9.2 de las presentes Bases. En caso de Consorcio deberá presentarse, adicionalmente, el documento que acredite el perfeccionamiento de la Promesa Formal de Consorcio. 9.1.3 En el supuesto que el Postor ganador de la Buena Pro no cumpliera con suscribir el Contrato en la fecha que se le señale, se procederá de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del Art. 118º del REGLAMENTO. 9.2 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO: 9.2.1 Constancia de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado, emitida por el CONSUCODE (Art. 118º del REGLAMENTO), de ser el caso. TITULO X: 10.1 CONFORMIDAD DEL SERVICIO: La conformidad del servicio de consultoría brindado estará a cargo de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico del Vice Ministerio de Turismo del MINCETUR, quien tendrá la obligación de exigir al postor ganador el fiel cumplimiento de sus obligaciones y extenderá la correspondiente conformidad por la entrega de la Consultoría solicitada, acorde con las disposiciones del Art. 137º del REGLAMENTO, y se emitirá dentro de los tres días hábiles siguientes de la presentación de la factura respectiva. La recepción conforme no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos o por vicios ocultos. 10.2 FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO: 10.2.1 Previa conformidad de la consultoría, el pago se efectuará en moneda nacional, sujeto a la disponibilidad presupuestaria y calendario de compromisos respectivo, en dos (2) armadas:
10.2.2 Para tal efecto, el postor ganador de la Buena Pro presentará sus facturas dentro de los cinco días hábiles posteriores a la entrega de los Informes Parcial y Final al MINCETUR. 10.2.3 De existir alguna observación por parte de la Dirección Nacional de Turismo respecto del servicio prestado o por los documentos presentados, la comunicará a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, quien solicitará al postor las subsane en un plazo de dos días hábiles. 10.3 ADELANTOS: TITULO XI: 11.1 Queda claramente establecido que como consecuencia de la Buena Pro adjudicada al postor ganador, el MINCETUR no asumirá responsabilidad de ninguna clase, respecto a todas o cada una de las obligaciones que corresponden a dicho postor, sean de carácter laboral, social, tributario, administrativo, civil o de cualquier otro origen. 11.2 El postor ganador de la Buena Pro está obligado a cumplir íntegramente con lo ofrecido en su propuesta técnico - económica y en cualquier manifestación formal documentada, que haya aportado adicionalmente en el curso del proceso o en la formalización del Contrato. 11.3 En todo lo no previsto en las presentes Bases, serán de aplicación la LEY, su REGLAMENTO, sus modificatorias y la jurisprudencia de obligatoria observancia emitida por el CONSUCODE. 11.4 En caso que el Postor favorecido incumpla con alguna obligación asumida en virtud del Contrato suscrito, o retrase la entrega del Informe Final o la presentación de la documentación solicitada en las Bases, o si posteriormente a la suscripción del Contrato se detectara la presentación de información falsa, el MINCETUR podrá resolver el Contrato de conformidad a lo establecido en los Arts 41º y 45° de la LEY y Arts. 137°, 143º y 144º del REGLAMENTO y demás normas resolutorias, sin perjuicio de la penalidad prevista en el Art. 142º del REGLAMENTO. La presentación de documentos falsos o declaraciones juradas con información inexacta, igualmente será sancionada de acuerdo al Art. 205° del REGLAMENTO. 11.5 Las impugnaciones sobre el proceso de la presente Adjudicación Directa Selectiva se sujetarán a lo establecido en el Art. 54º de la LEY y el Art. 166º y siguientes de su REGLAMENTO. 11.6 Para efectos de la fiscalización, seguimiento y verificación posterior establecidos por la Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General, el MINCETUR a través del Comité Especial Permanente, podrá requerir a cualquiera de los postores la presentación de copias autenticadas de los documentos que acrediten fehacientemente la veracidad de la información presentada, quedando los postores obligados a cumplir con dicho requerimiento en el plazo que para tal efecto se le señale. San Isidro, Diciembre del 2003
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 017 -2003-MINCETUR/CEP ANEXO A DECLARACION JURADA DE IDENTIFICACIÓN DEL POSTOR Lima, de de 2003 Señor
1. Denominación o Razón social del postor. Declaro bajo juramento que la información contenida en el presente documento expresa la verdad. Atentamente, ---------------------------------------------------------------------------------------- Nombre y firma del Postor, su Representante Legal o Mandatario
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 017-2003-MINCETUR/CEP PRIMERA CONVOCATORIA ANEXO B DECLARACION JURADA - ART. 56º DEL REGLAMENTO
a) Que mi representada no tiene impedimento para participar en el proceso de selección, ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 9° de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PCM. b) Que mi representada conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. c) Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del presente proceso de selección. d) Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección, hasta suscribir el Contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. e) Que conoce las sanciones contenidas en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo No. 012-2001-PCM, su REGLAMENTO y modificatorias, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Lima, de de 2003--------------------------------------------------------------------------------------- Nombre y firma del Postor, su Representante Legal o Mandatario
En caso de Consorcio, será de aplicación lo señalado en el numeral 6.1.7 de la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 063-2003-CONSUCODE/PRE.
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 017-2003-MINCETUR/CEP PRIMERA CONVOCATORIA ANEXO C TERMINOS DE REFERENCIA
El gobierno del Perú con la asistencia del Banco Mundial se encuentra preparando el proyecto de Rehabilitación y Manejo del Valle del Vilcanota con el fin de aliviar la pobreza de los asentamientos humanos en el valle del río Vilcanota. El objetivo específico del proyecto es la recuperación y conservación sustentable de los bienes históricos, ecológicos, culturales y sociales del Santuario Histórico de Machu Picchu (SHMP) y demás asentamientos humanos en la cuenca hidrológica del río Vilcanota. La cuenca involucra el santuario histórico de Machu Picchu y el pueblo del mismo nombre, secciones del Camino del Inca, y un grupo de poblados en la margen occidental de la cuenca, a saber: Sta. Teresa, Ollantaytambo, Urubamba, Calca, Pisac, Chincheros y Yucay. El proyecto se basa fundamentalmente en el Plan Maestro del Santuario Histórico de Machu Picchu, y en la estrategia de desarrollo rural para la sierra del Perú del Programa Cooperativo Banco Mundial / FAO. Durante la última década se evidenció un fuerte incremento tanto en la afluencia de turistas como en la de población local en busca de mejoras económicas. Se estima que 100,000 de los 400,000 turistas que anualmente visitan Machu Picchu, recorren el Camino del Inca durante cuatro (4) días contando con una infraestructura sanitaria deficiente. La ciudad de Machu Picchu pueblo también necesita asistencia en el reasentamiento de unas 60 familias por riesgo de deslizamiento y para la puesta en marcha de una planta de tratamiento de aguas residuales existente. Dada la falta de planeamiento en el manejo de turistas como de servicios urbanos, el pueblo de Machu Picchu y el Valle Sagrado de Vilcanota enfrentan una crisis que pone en riesgo su sustentabilidad en términos medioambientales y económicos. El proyecto incluye las siguientes obras de infraestructura menores: (i) letrinización rural, Por otro lado también se incluirá la siguiente obra de mayor envergadura, a saber: la construcción de un relleno sanitario regional para la disposición final de residuos sólidos en un poblado a determinar dentro del valle. Objetivo 1) En el marco del proyecto de Reordenamiento y Rehabilitación del Valle del Vilcanota, la preparación de un reporte para la evaluación ambiental, el cual establezca los lineamientos básicos para realizar una evaluación ambiental y social en función de los trabajos de infraestructura menores (puntos (i) a (v) antes citados) a ser financiados por el Banco Mundial; y por otro lado; 2) Otro marco para la evaluación ambiental y social para la construcción de un relleno sanitario según los criterios establecidos en las políticas de salvaguarda del Banco Mundial.
A) Respecto de la infraestructura menor a ser financiada por el proyecto i) Preparación de una guía "marco" que incluya los criterios para la evaluación ambiental y social de los componentes de infraestructura. Para la elaboración de estos criterios se deberá tener en cuenta las Políticas Operacionales ambiéntales y sociales del Banco Mundial, denominadas "Políticas de Salvaguarda". Esta guía deberá ser diseñada tanto para el uso de las autoridades responsables de la preparación de proyectos de infraestructura como los de gestión ambiental de los mismos. ii) Preparación de manuales básicos para el diseño y construcción de componentes menores de infraestructura iii) Definición de responsabilidades institucionales para la implementación de la guía y manual antes mencionado. B) Respecto de la infraestructura de mayor envergadura: Relleno sanitario regional dentro del valle. C) Respecto del estudio de Impacto Ambiental Regional (EAR) Con el fin de colaborar con el desarrollo y planeamiento integral del la región (Valle de Vilcanota) se ha decidido llevar a cabo un EAR. El Estudio de Impacto Ambiental es el proceso sistemático de estudiar y anticipar las consecuencias ambientales de la totalidad de las iniciativas propuestas para una definida región en los altos niveles de toma de decisión. Este proceso tiene como objeto incorporar el criterio ambiental desde el primer momento, como elemento de decisión en todos los sectores y grados de la planificación al mismo nivel que los criterios económicos y sociales. Este estudio evaluará los impactos ambientales acumulativos de todas las obras financiadas por el proyecto como así también de aquellas para las cuales se financiarán estudios y también aquellas incluidas en el plan maestro COPESCO. Asimismo incluirá el impacto de las decisiones políticas, procesos consultivos a nivel político y sociedad civil. Una característica fundamental del EAR será su flexibilidad y adaptación a los cambios sucedidos durante la implementación del proyecto. i) el incremento en turismo en relación con la capacidad del santuario y pueblos vecinos, El EAR deberá analizar actividades que se estén llevando a cabo bajo el presente proyecto, actividades planeadas futuras (como el Plan Maestro COPESCO y estudios a ser realizados en el marco del presente proyecto) y potenciales proyectos (relacionados y no relacionados con esta operación del Banco) y políticas teniendo en cuenta su impacto acumulativo en el medio ambiente. Las siguientes actividades serán entre otras las mínimas a ser requeridas en los TDR: i) Definir objetivos del estudio. xv) Determinación del plan de inversión óptimo a nivel regional Para todas estas tareas será fundamental el contacto tanto con las autoridades nacionales como locales. Componentes de Infraestructura a ser Financiados por el Proyecto 1. Sistema de Campamentos y Saneamiento Ecológico del Camino del Inca El proyecto incluirá la definición del perfil para el diseño, instalación y operación de campamentos y unidades de saneamiento a lo largo del Camino del Inca y sus vías alternas con condiciones adecuadas para la estadía de los caminantes. Dichas unidades tendrán el objetivo de disminuir el impacto ambiental producido por los caminantes durante su estadía en el Valle Sagrado. Se instalarán unidades sustentables de atención al caminante, estratégicamente situadas, basándose en tecnologías verdes, donde se traten las excretas humanas y se reutilicen los efluentes para conservación del equilibrio ecológico. También se incluirán los perfiles para el servicio de depósitos temporales de desechos sólidos generados por los caminantes y para la definición de un sistema de recolección y la entrega de los residuos al sistema de recolección municipal para su reutilización, reciclado o disposición final. Todo ello será planteado dentro de normas de conservación del equilibrio ecológico, la protección y la educación ambiental de los prestadores de servicios y caminantes. 2. Centros de Visitantes 3. Telecentros para acceso a internet 4. Servicios de Letrinización Rural 5. Sistema de señalización para monumentos y caminos inca El proyecto incluirá la definición de un sistema de señalización para la visita guiada al SHMP, caminos inca y otras fortalezas y monumentos del Valle Sagrado. Este sistema deberá preservar la integridad física, ambiental, estética y cultural del patrimonio histórico y natural. Marco de Evaluación ambiental y social para la construcción de un relleno sanitario regional en el valle del Vilcanota
El marco deberá servir de orientación asimismo a las empresas consultoras, diseñadoras y constructoras en lo referente a la problemática ambiental. El marco deberá dar indicaciones - recomendaciones sobre el tipo de impactos y medidas de control de impacto como en los siguientes temas sensibles a la problemática del medio ambiente: Durante la construcción
Fase de operación
Fase de Cierre
El Marco de Evaluación deberá ser preparado por un profesional con amplia experiencia en el sector de los residuos sólidos y la preparación de Estudios de Impacto Ambienta (EIAs). Deberá estar familiarizado con alguna de las siguientes disciplinas: geología/suelos, hidrología, manejo de residuos sólidos, ingeniería sanitaria. Deberá contar al menos con 10 años de experiencia en el sector. En el caso del EAR, el profesional seleccionado deberá presentar más de 10 años de experiencia en la preparación de EIAs, teniendo que demostrar experiencia en la preparación o participación en Estudio de Impacto Ambiental Regional o Estratégico. Asimismo, el consultor deberá contar con el equipo humano y la infraestructura para el manejo de archivos en formato procesador de palabras, hoja de cálculo, presentación e imagen de satélite cuyo equipo de procesamiento sea capaz del despliegue de los archivos base proporcionados. Requerimientos y Plazos El consultor deberá presentar la siguiente documentación: 2) Informe Final: versión final del documento marco y de los TDR para su aprobación a los treinta y cinco (35) días calendario de firmado el contrato. La documentación deberá ser entregada en impresión y en archivo digital. El idioma del documento marco podrá ser en español. En el caso del los TDR del EAR se deberá presentar en ambos idiomas: inglés y español. FORMA DE PAGO:
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 017-2003-MINCETUR/CEP ANEXO D CRITERIOS DE EVALUACION Para la evaluación y calificación de la propuesta técnica del Postor, el Comité tomará en cuenta los siguientes criterios y puntajes: I.- DE LA PROPUESTA TECNICA Cumple las especificaciones técnicas señaladas en el Anexo C: SI : Pasa a evaluación 1) Factores Referidos al Consultor 30 puntos 1.1) Tiempo en la actividad (hasta 10 Puntos)
1.2) Experiencia en la Actividad de Consultoría: (Hasta 10 puntos)
1.3) Experiencia en la Especialidad: (Hasta 10 puntos)
2) Factores referidos al Personal 50 puntos 2.1)Jefe de Proyecto (20 puntos): 2.1.1) Tiempo en el Ejercicio de la Profesión (10 puntos)
2.1.2) Experiencia en la Especialidad (Hasta10 puntos) Relación de trabajos similares a los requeridos en los que haya participado en los últimos años (2000, 2001, 2002 y 2003), sustentados con la presentación de las respectivas copias simples de constancias de calificación por el servicio de consultoría brindado. Se consideran "trabajos similares" a los estudios de consultoría respecto de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos, socioeconómicos y ambientales, planes de desarrollo urbano, elaboración de marcos de evaluación del impacto ambiental, desarrollo de tecnologías verdes, manejo de residuos sólidos, evaluación ambiental, impacto ambiental regional, elaboración de términos de referencia para estudios de impacto ambiental.(Máximo hasta 5 constancias, según modelo Anexo H). Por cada constancia presentada, se otorgará 2 puntos, hasta el máximo de 10 puntos. 2.2) Profesional especialista (30 puntos) 2.2.1) Tiempo en el Ejercicio de la Profesión (Hasta 15 puntos)
2.2.2) Experiencia en la Actividad (Hasta 15 puntos) 3) Objeto del Contrato - Plan de Trabajo 20 puntos a) Organización y cronograma, detallados, especificando las acciones a ser desarrolladas por cada uno de los profesionales designados para el desarrollo de la Consultoría : 6 puntos b) Enfoque para la apreciación técnica del estudio : 7 puntos c) Conceptualización para el desarrollo del estudio : 7 puntos
II.- DE LA PROPUESTA ECONOMICA: Hasta 100 puntos De la Propuesta Económica: (Art. 66 del Reg del TUO de la Ley 26850)
Donde : Pi = Puntaje de la Oferta Económica i III.- DEL COSTO TOTAL La Buena Pro se adjudicará al Postor con la Propuesta de mayor Puntaje de Costo Total, como resultado de la aplicación de la siguiente fórmula:
Donde: PTPi = Costo Total del Postor i La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga el mayor puntaje total. De conformidad con la Ley N° 27633, a aquellos postores que brinden servicios nacionales de acuerdo con los lineamientos establecidos en las normas citadas, se les otorgará un puntaje del veinte por ciento (20%) adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica de su propuesta. En el caso de Consorcios, será de aplicación lo señalado en el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 0033-003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución N° 063-003-CONSUCODE/PRE.
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 017-2003 MINCETUR/CEP ANEXO E PROPUESTA ECONOMICA
Ref. : ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N°017-2003 MINCETUR/CEP, Yo, ……………………………, Representante legal/mandatario del Postor que suscribe, declaro haber revisado cuidadosamente las Bases del Proceso de Selección y Términos de Referencia para el Servicio de Consultoría convocado, por consiguiente para la realización de los trabajos detallados en tales documentos, someto a su consideración mi propuesta económica ascendente a .............................. Nuevos Soles (S/. ....................), a todo costo, incluyendo todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pagos de derechos por servicios administrativos y cualquier otro concepto que pudiera tener incidencia sobre el costo del servicio. Asimismo declaro estar conforme con lo establecido en el proyecto de contrato, las Bases y los Términos de Referencia.
Lima, ...... de ............ del 2003 …………………………. ..................................................………….
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 017-2003-MINCETUR/CEP ANEXO F RELACION DE LOS PRINCIPALES CLIENTES EN LA ACTIVIDAD DE CONSULTORIA (MODELO DE INFORMACION MINIMA REQUERIDA)
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 017-2003-MINCETUR/CEP ANEXO G CONSTANCIA DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO DE CONSULTORIA , EMITIDA POR CLIENTES CONSTANCIA (*) Por el presente documento dejamos constancia que la empresa (razón social del Postor o Consorcio), nos ha brindado la consultoría en precisar, la que calificamos de: Excelente o Muy Bueno ( …. ) Conforme al detalle siguiente: Se expide la presente constancia, a solicitud de la empresa interesada, para su participación en procesos de selección que sean convocados por entidades del Sector Público.
Razón Social de la Persona Jurídica que otorga la Constancia De la empresa que otorga la constancia Nº de RUC : …………….. NOTA: Las constancias emitidas por los clientes, si bien pueden no ser exactamente iguales al presente modelo, deberán contener la información requerida para proceder a su calificación. (*) Las constancias pueden ser presentadas en copia simple, y deben corresponder a los clientes consignados en el Anexo F. Las constancias que presenten adulteración, las que no sean legibles y aquellas que no cumplan con la información requerida no serán consideradas.
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 017-2003-MINCETUR/CEP ANEXO H CONSTANCIA DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO DE CONSULTORIA EN LA ESPECIALIDAD CONVOCADA(*), EMITIDA POR CLIENTES A FAVOR DEL JEFE DEL PROYECTO
Por el presente documento dejamos constancia que ……………………. (nombre del jefe del proyecto, nos ha brindado la consultoría en precisar la especialidad, según (*), la que calificamos de: Excelente o Muy Bueno ( …. ) Conforme al detalle siguiente: Se expide la presente constancia, a solicitud de la empresa interesada, para su participación en Licitaciones Públicas o Concursos Públicos que sean convocados por entidades del Sector Público. Lima, de
Nº de RUC : ……………..
(*) Se consideran servicios de consultoría en la especialidad convocada, a los estudios de consultoría respecto de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos, socioeconómicos y ambientales, planes de desarrollo urbano, elaboración de marcos de evaluación del impacto ambiental, desarrollo de tecnologías verdes, manejo de residuos sólidos, evaluación ambiental, impacto ambiental regional, elaboración de términos de referencia para estudios de impacto ambiental. (**) Las constancias pueden ser presentadas en copia simple. Las constancias que presenten adulteración, las que no sean legibles y aquellas que no cumplan con la información requerida no serán consideradas.
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 017-2003-MINCETUR/CEP ANEXO I CONSTANCIA DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO DE CONSULTORIA EN LA ESPECIALIDAD CONVOCADA(*), EMITIDA POR CLIENTES A FAVOR DEL PERSONAL PROPUESTO
Por el presente documento dejamos constancia que …………….. (nombre del personal propuesto para brindar la consultoría requerida) nos ha brindado la consultoría en precisar la especialidad, según (*), la que calificamos de: Excelente o Muy Bueno ( …. ) Conforme al detalle siguiente: Se expide la presente constancia, a solicitud de la empresa interesada, para su participación en Licitaciones Públicas o Concursos Públicos que sean convocados por entidades del Sector Público. Lima, de
…………….............……..............................…… Razón Social de la Persona Jurídica que otorga la Constancia Nombre, Apellido y cargo del Funcionario autorizado (Gerencia, Area de Administración, de Logística o similar).
Nº de RUC : …………….. NOTA: Las constancias emitidas por los clientes, si bien pueden no ser exactamente iguales al presente modelo, deberán contener la información requerida para proceder a su calificación. (*) Se consideran servicios de consultoría en la especialidad convocada, a los estudios de consultoría respecto de asentamientos humanos, planes de reasentamiento, diagnósticos físicos, socioeconómicos y ambientales, planes de desarrollo urbano, elaboración de marcos de evaluación del impacto ambiental, desarrollo de tecnologías verdes, manejo de residuos sólidos, evaluación ambiental, impacto ambiental regional, elaboración de términos de referencia para estudios de impacto ambiental (**) Las constancias pueden ser presentadas en copia simple. Las constancias que presenten adulteración, las que no sean legibles y aquellas que no cumplan con la información requerida no serán consideradas.
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 017-2003-MINCETUR/CEP ANEXO J PACTO DE INTEGRIDAD El Postor……………………………………………………..y el MINCETUR suscriben el presente Pacto de Integridad: Yo……………………………………...(Representante legal de la empresa), con DNI Nº…………………………..… , en representación de la empresa …………………… me comprometo formalmente a actuar durante el proceso de selección con total respeto a los principios de transparencia, moralidad, probidad, libre competencia, veracidad, que rigen la contratación y adquisición de bienes y servicios para el Estado. Asimismo, declaro no haber ofrecido u otorgado y me comprometo a no ofrecer u otorgar, en el futuro, directamente o a través de terceros, ningún pago o beneficio o ventaja a funcionario público alguno o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de la Adjudicación Directa Selectiva. Además, declaro no haber celebrado y no tener intención de celebrar en el futuro, acuerdos formales o tácitos, con los demás postores o con terceros con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia. Por su parte, los integrantes del COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE designado por Resolución Secretarial Nº 004-2003-MINCETUR/SG, asumimos el compromiso de evitar cualquier extorsión, así como la aceptación de sobornos tales como donativos, promesas o cualquier otra ventaja de parte de los postores, con el fin de influir en nuestra decisión. El incumplimiento del presente PACTO genera la inhabilitación de contratar con el Estado sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que resulten pertinentes. San Isidro,
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 017-2003-MINCETUR/CEP ANEXO K CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios que celebran: De una parte, el MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, con RUC Nº 20504774288, domiciliado en la Calle Uno Oeste Nº 050, Urb. Córpac, San Isidro, representado por el Director General de Administración Don ……………………………….., con DNI Nº ……………………………….., según facultades otorgadas por R.M. Nº 004-2003-MINCETUR/DM, a quien en adelante se denominará MINCETUR; De la otra parte; la empresa …………………………………………., con RUC Nº ………………………………., inscrita en Fojas ……………., Tomo …………………, asiento………….. del Registro Mercantil de ………………., -----domiciliada en.………………………., representada por el señor …………………………………………………., identificado con DNI Nº ……………………….., según poder inscrito en la Partida ……………………………..de la Oficina Registral de ………………., a quien en adelante se denominará la CONSULTORA. El presente Contrato se celebra en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA: DE LAS PARTES Y BASE LEGAL El MINCETUR es un organismo del Poder Ejecutivo, cuyo ámbito de competencia se rige principalmente por el Decreto Legislativo No. 560, Ley de Organización y Funciones aprobada por Ley N° 27790 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 05-2002-MINCETUR. El MINCETUR requiere la contratación del servicio de Consultoría para la elaboración del Informe de la Evaluación Ambiental y Social en el marco del Proyecto del Reordenamiento y Rehabilitación del Valle del Vilcanota. La CONSULTORA es una persona jurídica, legalmente constituída, que tiene por actividad la prestación de servicios especializados en temas ambientales, que comprenden elaboración de estudios de impacto ambiental y programas de adecuación y manejo ambiental, entre otros, para cuyo efecto cuenta con las correspondientes licencias de funcionamiento. BASE LEGAL:
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO Y ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO.- TERCERA: PLAZO DE EJECUCION.- CUARTA: DE LA RETRIBUCION.- QUINTA: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO DE LA RETRIBUCION.-
Para tal efecto, el postor ganador de la Buena Pro presentará sus facturas dentro de los cinco días hábiles posteriores a la entrega de los Informe Parcial y Final al MINCETUR De existir alguna observación por parte de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico del MINCETUR, respecto del servicio prestado o por los documentos presentados, la comunicará a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, quien solicitará al postor las subsane en un plazo de dos días hábiles. SEXTA: DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS MINIMOS ADMINISTRATIVOS.- 6.1. Certificado de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado, emitido por el CONSUCODE, (Art. 118º del REGLAMENTO). El MINCETUR deja constancia expresa de haber recibido los documentos mencionados. SETIMA: DE LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA.- OCTAVA: DECLARACION JURADA.- NOVENA: PROHIBICION DE SUBCONTRATACION.- DECIMA: PENALIDADES Y CAUSALES DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO.- 10.1 Penalidad por Mora 10.2 Resolución por Incumplimiento de Contrato 10.3 Sanción por presentación de documentación o información falsa DECIMO SEGUNDA: TÍTULOS DE PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION Los títulos de propiedad, derechos de autor y todo otro tipo de derechos sobre bienes tangibles e intangibles de cualquier naturaleza producidos bajo o como consecuencia de las estipulaciones de este contrato, son cedidos al MINCETUR en forma exclusiva y sin costo alguno. La información obtenida por LA CONSULTORA como resultado del cumplimiento de sus obligaciones, así como sus informes y toda clase de documentos que produzca o tenga a su alcance, relacionados con la ejecución de las actividades señaladas en la Cláusula Segunda del presente Contrato, serán reservados no pudiendo ser divulgados por La CONSULTORA sin la autorización expresa del MINCETUR. Esta obligación subsistirá aún después de concluida la vigencia del presente contrato. DECIMO TERCERA: DE LAS NOTIFICACIONES.- DECIMO CUARTA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS.- En caso de surgir alguna controversia, respecto al cumplimiento o interpretación del contrato, las partes se comprometen a solucionarla, en primer término, mediante el trato directo. En caso de no lograr una solución mediante esta vía, las partes podrán recurrir al procedimiento de conciliación, y de no prosperar ésta última, la controversia será resuelta mediante Arbitro Unico, según lo dispuesto en el Artículo 189º del REGLAMENTO. A falta de acuerdo en la designación del Arbitro Unico, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contratación y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. DECIMO QUINTA: DISPOSICION FINAL.- Es voluntad de las partes no transgredir la LEY y su REGLAMENTO, por tanto, ambas partes declaran la prioridad de estas disposiciones; asimismo, declaran que los aspectos que no se hayan contemplado en el presente Contrato se rigen por dichas disposiciones. Las partes expresan su total conformidad con los términos del presente Contrato, en fe de lo cual firman en dos (02) ejemplares de igual texto y valor, quedando un ejemplar en poder de La CONSULTORA y el otro en poder del MINCETUR, en Lima a los …días del mes de…………….. de dos mil tres.
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